Aprueban la Directiva N° 013-2024-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”

Resolución de Contraloría

N° 323-2024-CG

Lima, 16 de julio de 2024

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000067-2024-CG/PREVI y el Memorando N° 001655-2024-CG/PREVI, de la Subgerencia de Prevención e Integridad; el Memorando N° 000317-2024-CG/GPCS, de la Gerencia de Prevención y Control Social; el Memorando N° 000125-2024-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; la Hoja Informativa N° 000196-2024-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; el Memorando N° 000803-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es el Órgano Superior del Sistema Nacional de Control, entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica, que se encarga de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, los artículos 6 y 7 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, señalan que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, precisando que es responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión, propendiendo a que este contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo;

Que, de acuerdo al literal a) del artículo 15 de la citada Ley
N° 27785, es atribución del Sistema Nacional de Control efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, el cual también comprende supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control en la ejecución de los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, con prudencia y transparencia fiscal, conforme a los objetivos y planes de las entidades, así como de la ejecución de los presupuestos del Sector Público y de las operaciones de la deuda pública;

Que, el artículo 16 de la mencionada Ley N° 27785, establece que Entidad Fiscalizadora Superior se encuentra dotada de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social;

Que, conforme a los artículos 1 y 3 de la Ley N° 31559, Ley que crea el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, ésta tiene por finalidad impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado; cuyo ámbito de aplicación es a todas las entidades sujetas a control por el Sistema Nacional de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 27785; estableciendo para tal efecto que, la Contraloría General de la República crea, administra, da acceso a las entidades, capacita al personal responsable de alimentar el indicado Registro, publica en su portal web institucional; y, supervisa y controla el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, así como el cumplimiento de la referida ley;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 295-2021-CG se aprueban las Normas Generales de Control Gubernamental, modificadas por Resoluciones de Contraloría Nº 158-2023-CG, Nº 223-2023-CG, Nº 245-2023-CG, Nº 062-2024-CG, N° 247-2024-CG y N° 253-2024-CG, las cuales son disposiciones de obligatorio cumplimiento para la realización del control gubernamental, habiendo establecido en su numeral 1.19 respecto a los servicios relacionados que, estos están vinculados a los procesos de carácter técnico y especializado derivados de atribuciones o encargos legales, que generan productos distintos a los servicios de control previo, simultáneo y posterior; y que son llevados a cabo por los órganos del Sistema Nacional de Control con el propósito de coadyuvar al desarrollo del control gubernamental;

Que, en dicho contexto normativo, mediante Resolución de Contraloría N° 123-2023-CG, de fecha 05 de abril de 2023, se aprobó la Directiva N° 004-2023-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, que regula las disposiciones normativas del Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado en el marco de la Ley N° 31559, Ley que crea el Registro para el Control de Contratos de Consultorías en el Estado, a fin de impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado y fortalecer el ejercicio del control gubernamental.

Que, la Subgerencia de Prevención e Integridad mediante Hoja Informativa N° 000067-2024-CG/PREVI y el Memorando N° 001655-2024-CG/PREVI, propone y sustenta técnicamente la necesidad de emitir una nueva Directiva denominada “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, regulando, entre otros aspectos, el alcance de las obligaciones de los responsables intervinientes en el proceso del registro, la definición de una nueva etapa del proceso que permite efectuar el cumplimiento de la publicación del registro de la información y documentación de los contratos de consultoría, con la finalidad de dinamizar el proceso, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas en la ejecución del proceso en la contratación de servicios de consultoría; siendo que dicha propuesta normativa cuenta con la conformidad de la Gerencia de Prevención y Control Social y de la Vicecontraloría de Integridad y Control, hoy Vicecontraloría de Gestión Estratégica, Integridad y Control según Resolución de Contraloría N° 293-2024-CG, mediante Memorando N° 000317-2024-CG/GPCS y Memorando Nº 000125-2024-CG/VCIC, respectivamente; la cual además cuenta con la opinión técnica de la Subgerencia de Modernización mediante Hoja Informativa N° 000098-2024-CG/MODER;

Que, conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000803-2024-CG/GJNC, y estando a lo expuesto por la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental en la Hoja Informativa N° 000196-2024-CG/NORM, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba la Directiva “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, atendiendo a la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Prevención e Integridad;

De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, así como lo dispuesto por el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 013-2024-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Gerencia de Prevención y Control Social o la que haga sus veces, gestiona en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de la Información o la que haga sus veces, las adecuaciones al Aplicativo Informático que soporta el proceso de registro de contratos de consultoría, para la implementación de las disposiciones de la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 123-2023-CG que aprobó la Directiva N° 004-2023-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez ésta y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

2307875-2