Prorrogan vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, creada por R.S. Nº 006-2019-EM

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 011-2024-EM

Lima, 13 de julio de 2024

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública;

Que, con Resolución Suprema N° 006-2019-EM, publicada el 20 de junio de 2019 en el diario oficial “El Peruano”, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para la reforma del Subsector Electricidad, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, cuyo objeto es realizar un análisis minucioso del mercado de electricidad y del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), a fin de formular propuestas orientadas a la adopción de medidas que garanticen la sostenibilidad y desarrollo del Subsector Electricidad en las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica;

Que, el artículo 7 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM señala que la Comisión Multisectorial se instala a los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la mencionada Resolución Suprema en el diario oficial “El Peruano”;

Que, el artículo 10 de la Resolución Suprema N° 006-2019-EM establece que el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial es de veinticuatro (24) meses contados a partir del día de su instalación. Al término de su vigencia, la Comisión Multisectorial presenta al Ministerio de Energía y Minas, en su condición de ente rector en la materia, un Informe Final que contenga las propuestas de reforma del marco normativo relacionado a los Subsectores Electricidad e Hidrocarburos, en lo relacionado a la provisión de energía eléctrica para el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN);

Que, con fecha 11 de julio de 2019 se llevó a cabo el acto de instalación de la Comisión Multisectorial, a partir del cual se cuenta el plazo de veinticuatro (24) meses establecido en la Resolución Suprema Nº 006-2019-EM;

Que, con Resolución Suprema N° 003-2021-EM, publicada el 9 de julio de 2021, en el diario oficial “El Peruano”, se resuelve prorrogar por dieciocho (18) meses adicionales, a partir del 12 de julio de 2021, el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial;

Que, con Resolución Suprema N° 001-2023-EM, publicada el 12 de enero de 2023, en el diario oficial “El Peruano”, se resuelve prorrogar por dieciocho (18) meses adicionales, a partir del 13 de enero de 2023 el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial, el mismo que está próximo a vencer el 13 de julio de 2024;

Que, mediante Informe N° 0202-2024-MINEM/DGE la Dirección General de Electricidad, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, señala que resulta necesario que el plazo de vigencia de la citada Comisión Multisectorial prorrogado mediante Resoluciones Supremas N° 003-2021-EM y N° 001-2023-EM, sea ampliado hasta por veinte (20) meses adicionales, dentro del cual se podrá publicar la convocatoria del proceso de contratación de la Consultoría para la Elaboración de la propuesta de Libro Blanco para la Reforma hacia la Modernización del Sector Eléctrico Peruano, así como ejecutar dicha consultoría y obtener como resultado de esta la propuesta de Libro Blanco, con las propuestas de ley y reglamentos de reforma del marco normativo del Subsector Electricidad;

Que, en virtud al sub numeral 1) del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende, que está vinculada a la conformación de una Comisión Multisectorial y específicamente a la prórroga de su vigencia;

Que, el numeral 4.1.2 del Anexo de la Directiva N° 001-2013-PCM-SC “Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo”, aprobada por Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM, señala que en caso el periodo de vigencia de la Comisión se encuentre por vencer sin que la Comisión haya culminado de cumplir sus funciones, se debe tramitar la emisión de la Resolución Suprema que amplíe su período de existencia;

Que, en virtud del marco normativo y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir la Resolución Suprema que prorrogue por veinte (20) meses adicionales el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema Nº 006-2019-EM;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de la vigencia de la Comisión Multisectorial

Prorrogar por veinte (20) meses adicionales, a partir del 14 de julio de 2024, el plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial para la reforma del Subsector Electricidad, creada por Resolución Suprema Nº 006-2019-EM.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Suprema es publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como, en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

ROMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

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