Convocan a Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2024, y aprueban Cronograma

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 080-2024-MINEDU

Lima, 12 de julio de 2024

VISTOS, el Expediente N° DIED2024-INT-0505056, el Informe N° 01192-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 01342-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00882-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 26 de la Ley N° 29944 prevé que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad. Se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto. Asimismo, el artículo 27 de la mencionada Ley establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas que se emitan;

Que, el artículo 28 de la referida Ley dispone que la evaluación para el ascenso tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente, considerando los criterios de: (i) evaluación previa del desempeño docente, (ii) idoneidad ética y profesional, y (iii) formación y méritos;

Que, el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, dispone que el ascenso tiene, entre otros, el objetivo de promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;

Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 077-2024-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial, de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, cuyo objetivo es establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica, en la Carrera Pública Magisterial, en el marco de la Ley N° 29944 y su Reglamento;

Que, el subnumeral 5.3.1.1 de la citada Norma Técnica establece que la convocatoria al referido concurso público se realiza con una periodicidad anual y se aprueba conjuntamente con su cronograma, mediante Resolución Viceministerial;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01192-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, a través del cual propone y sustenta la necesidad de: (i) convocar al Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2024; y, (ii) aprobar el cronograma del referido concurso;

Que, mediante el Informe N° 01342-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los instrumentos estratégicos e institucionales del sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, no irroga gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación, ni al Tesoro Público para el Año Fiscal 2024;

Que, a través del Informe N° 00882-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Convocar al Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2024, el mismo que se llevará a cabo conforme con lo establecido en la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial, de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 077-2024-MINEDU.

Artículo 2.- Aprobar el Cronograma del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2024, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. 

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA

Viceministra de Gestión Pedagógica

2306696-1