Delegan diversas funciones y responsabilidades al director de la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
Resolución Rectoral
N° 2149-2024-UNI
Lima, 3 de junio de 2024
VISTO:
El Expediente con Registro Nº 59731-2024 del Sistema de Gestión Documentaria sobre la delegación de facultades a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Ingeniería.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;
Que por Ley Nº 30225 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 11 de julio de 2014, se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, dispositivo legal que ha sido modificado en su articulado por la Ley Nº 30353, el Decreto Legislativo Nº 1341, la Ley Nº 30689 y el Decreto Legislativo Nº 1444;
Que por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;
Que por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225 en atención a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1444;
Que el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que las universidades públicas se encuentran comprendidas dentro del ámbito de su aplicación;
Que los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado establece que el “titular de la entidad puede delegar mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. (…) salvo lo dispuesto en el reglamento”;
Que mediante Oficio Nº 1299-2024-OAJ-UNI del 03 de mayo de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica precisó que la propuesta de facultades delegables no contraviene la normativa de contrataciones del Estado. Asimismo, considera que todas las facultades delegadas deben ser otorgadas al director de la Dirección General de Administración, toda vez que el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral Nº 142-2023-UNI de fecha 26 de enero de 2023, establece en su artículo 43° que la Dirección General de Administración es el órgano de apoyo del Rectorado responsable de dirigir, coordinar, regular, controlar y evaluar los procesos y actividades de administración de los recursos económicos, financieros, logísticos y humanos; y de los servicios generales en la Universidad, con criterios de calidad, equidad y pertinencia para el logro de los objetivos institucionales;
Que mediante Informe Nº 077-2024-UM/OPP/UNI del 14 de mayo de 2024, la Unidad de Modernización opinó que la Dirección General de Administración cumple con ser el siguiente nivel de decisión en el ámbito administrativo interno de la Universidad Nacional de Ingeniería; por tanto, es factible de recibir la facultad de autorizar las prestaciones adicionales y de las delegaciones, siendo viable la delegación al director de la Dirección General de Administración;
Que mediante Oficio Nº 1875-UA-UNI-2024 del 30 de mayo de 2024, la Unidad de Abastecimiento informó que se encuentra conforme con la propuesta de delegación de facultades al director de la Dirección General de Administración;
Que mediante Oficio Nº 679-2024-UNI-DIGA del 30 de mayo de 2024, la Dirección General de Administración emitió opinión favorable a la propuesta de delegación de facultades; y,
Estando al Proveído Nº 3250/ALCHN Rect.24 del 31 de mayo de 2024 del despacho del Rectorado y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar al director de la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Ingeniería, las funciones y responsabilidades que se detallan en el anexo que en foja uno (01) forma parte integrante de la presente Resolución Rectoral.
Artículo 2°.- Informar mensualmente al Despacho Rectoral de los resultados de la gestión llevada a cabo como consecuencia del ejercicio de la delegación dispuesta en su artículo 1º.
Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 1333-2023-UNI del 12 de mayo de 2023 y todas las resoluciones rectorales que se opongan a la presente Resolución.
Artículo 4°.- Dar cuenta al Consejo Universitario.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
Pablo Alfonso López Chau Nava
Rector
Sonia Anapan Ulloa
Secretaria General
ANEXO
N° |
FUNCIÓN DELEGADA |
BASE LEGAL |
DOCUMENTO DE GESTIÓN |
En materia Presupuestaria y Planeamiento Estratégico |
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1 |
Aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático. |
Numeral 47.2 del artículo 47° del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público – D.L. N° 1440. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
En materia de Contrataciones del Estado |
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2 |
Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC y sus modificatorias. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado - Ley Nº 30225 y el numeral 6.1 del artículo 6° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
3 |
Autorizar prestaciones adicionales de Bienes, Servicios y Consultorías hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado. |
Numeral 8.2 del artículo 8° y el artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225; y, el artículo 157 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
4 |
Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios acorde a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Numeral 8.2 del artículo 8° y el artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225; y, el artículo 157° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
5 |
Autorizar los procesos de estandarización. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
6 |
Aprobar contrataciones directas, en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27° de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. |
Numeral 8.2 del artículo 8° y numeral 27.1 del artículo 27° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225 y el numeral 101.1 del artículo 101° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
7 |
Designar y remover a los integrantes titulares y suplentes de los comités de los procedimientos de selección. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225 y los artículos 43° al 46° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
8 |
Aprobar las bases, expedientes y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082- 2019-EF; o normas que las sustituyan y, su Reglamento. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
9 |
Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT con excepción de los procesos de selección por encargo. |
Numeral 8.2 del artículo 8° y artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
10 |
Suscribir contratos y adendas de contratos derivados de los procedimientos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225, concordante con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
11 |
Resolver y aprobar las solicitudes de ampliación del plazo derivadas de los procedimientos de selección de bienes y servicios, así como de obras en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225, concordante con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
12 |
Autorizar prestaciones adicionales de obra. |
Numeral 8.2 del artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado – Ley Nº 30225. |
Resolución del Director de la Dirección General de Administración |
2306144-1