Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman veintiséis (26) Proyectos de Electrificación Rural, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 267-2024-MINEM/DM

Lima, 8 de julio de 2024

VISTOS: El Informe N° 318-2023-MINEM/DGER/DPRO-JER de la Jefatura de Energías Renovables y el Informe N° 170-2024-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambas de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando N° 00346-2024/MINEM-DGER, de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe N° 634-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificada por el Decreto Legislativo N° 1207 (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;

Que, el artículo 18 de la LGER y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; y, excepcionalmente por razones operativas, comerciales y de interés social, lo hará a favor de una Empresa de Distribución Eléctrica (EDE) bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE;

Que, de acuerdo al Informe N° 318-2023-MINEM/DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER), señala que se han ejecutado veintiséis (26) PROYECTOS SER, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – Adinelsa S.A. (en adelante, la CONCESIONARIA);

Que, de acuerdo al Informe N° 170-2024-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley N° 28749 Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, y demás normas especiales aplicables sobre materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de las correspondientes Actas de Conformidad de Operación Experimental;

Que, el referido informe, concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes financiados por la DGER, respecto de los veintiséis (26) Proyectos de Electrificación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 25 015 582.64 (Veinticinco millones quince mil quinientos ochenta y dos con 64/100 soles);

Que, mediante Informe Nº 634-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia de los PROYECTOS SER a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER; resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia de los veintiséis (26) PROYECTOS SER a favor de la CONCESIONARIA, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, concordado con los artículos 40 y 41 del Decreto Supremo Nº 018-2020-EM; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman los veintiséis (26) Proyectos de Electrificación Rural, por un monto total de S/ 25 015 582.64 (Veinticinco millones quince mil quinientos ochenta y dos con 64/100 soles), señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2304983-1