LEY Nº 32084

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE

INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA

DE JAUJA EN EL DISTRITO DE HUERTAS

DE LA PROVINCIA DE JAUJA DEL

DEPARTAMENTO DE JUNÍN

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la creación de la Universidad Nacional Autónoma de Jauja, con sede en el distrito de Huertas de la provincia de Jauja del departamento de Junín.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

ÚNICA. Acciones para la implementación

En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, en coordinación con el Gobierno Regional de Junín y con la Municipalidad Provincial de Jauja, adoptará las acciones de promoción correspondientes para la creación de la referida universidad.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce días del mes de junio de dos mil veinticuatro.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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