Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a EE.UU., en comisión especial
Resolución Ministerial
Nº 00648-2024-DE
Lima, 28 de junio del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 113 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 01889-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01040-2024-MINDEF/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-2024-DE, se designó al Coronel EP Alberto Moreland WOLL ESPINOZA y al Coronel EP Elmer Raúl ZELADA VALDIVIESO, para desempeñarse como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID); participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América. El período de designación, participación en la Maestría y desempeño de funciones como Asistentes comprenderá del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, con Hoja de Recomendación Nº 014/U-4. b.3/05.00, elaborada por la Jefatura de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designó al mencionado personal militar, como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID); participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje en comisión especial en el exterior, toda vez que, permitirá que el personal militar designado acceda a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de su Institución, aportando en la creación y mejora de la doctrina actual. Asimismo, lograran tener un panorama integral sobre los sistemas de gobierno, conocimientos del actual entorno internacional, la estructura y funcionamiento del sistema interamericano y ampliar sus conocimientos sobre seguridad;
Que, a través del Dictamen Legal Nº 1652-2024/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable la autorización del viaje en comisión especial en el exterior, del personal militar designado para desempeñarse como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID); participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;
Que, con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la citada comisión especial en el exterior, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por la Jefatura de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida (titular, cónyuge e hijos), gastos de traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2024, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF;
Que, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000204, Nº 0000004162 y Nº 0000004163, emitidas por la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la comisión especial en el exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes a los años posteriores se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;
Que, considerando la duración de la comisión especial en el exterior, el Coronel EP Alberto Moreland WOLL ESPINOZA y el Coronel EP Elmer Raúl ZELADA VALDIVIESO realizarán el viaje al exterior en compañía de sus respectivas esposas e hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país;
Que, con Oficio Nº 113 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización del viaje en comisión especial en el exterior, del personal militar designado para desempeñarse como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID); participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026, así como autorizar su salida del país el 30 de junio de 2024 y su retorno el 1 de julio de 2026;
Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio Nº 01889-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 523-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01040-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje en comisión especial en el exterior, por encontrarse conforme a la normativa sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión especial en el exterior, del Coronel EP Alberto Moreland WOLL ESPINOZA, identificado con DNI Nº 10338182 y CIP Nº 119817300, y del Coronel EP Elmer Raúl ZELADA VALDIVIESO, identificado con DNI Nº 43333368 y CIP Nº 119827000, para desempeñarse como Oficiales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID); participar en la Maestría en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana; y, posteriormente, desempeñarse como Asistentes en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026, así como autorizar su salida del país el 30 de junio de 2024 y su retorno el 1 de julio de 2026.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo con los siguientes conceptos:
Coronel EP Alberto Moreland WOLL ESPINOZA
Pasajes aéreos (ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América)
clase económica (Incluye importe TUUA)
US$ 1,200.00 x 5 personas (titular, esposa y 3 hijos) US$ 6,000.00
Gasto de Traslado (ida): (Equipaje, bagaje e instalación)
US$ 10,693.80 x 2 x 1 persona US$ 21,387.60
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:
US$ 10,693.80 x 6 meses x 1 persona (1 Jul - 31 Dic 24) US$ 64,162.80
Total a pagar: US$ 91,550.40
Coronel EP Elmer Raúl ZELADA VALDIVIESO
Pasajes aéreos (ida): Lima - Washington D.C. (Estados Unidos de América)
clase económica (Incluye importe TUUA)
US$ 1,200.00 x 4 personas (titular, esposa y 2 hijos) US$ 4,800.00
Gasto de Traslado (ida): (Equipaje, bagaje e instalación)
US$ 10,693.80 x 2 x 1 persona US$ 21,387.60
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero:
US$ 10,693.80 x 6 meses x 1 persona (1 Jul - 31 Dic 24) US$ 64,162.80
Total a pagar: US$ 90,350.40
Total general a pagar: US$ 181,900.80
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, gastos de traslado, pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuerto, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior, según corresponda, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 5.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización de viaje a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.
Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el periodo que dure la comisión especial en el exterior.
Artículo 8.- Los mencionados Oficiales Superiores están impedidos de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2302458-1