Declaran concluido el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 097-2023-PCM

Resolución Nº 0192-2024-JNE

Lima, veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro

VISTOS: el informe final presentado, el 19 de junio de 2024, por la presidenta del Jurado Electoral Especial de Cajamarca, en el marco del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024 (EMC 2024), y el Informe Nº 000057-2024-SG/JNE, del 21 de junio de 2024, suscrito por la secretaria general del Jurado Nacional de Elecciones, dando cuenta de que se han culminado las actividades del citado proceso electoral y que no existe ningún recurso pendiente de resolver al respecto.

ANTECEDENTES

Convocatoria al proceso de EMC 2024

1. Las EMC 2024 fueron convocadas, para el domingo 26 de mayo de 2024, mediante el Decreto Supremo Nº 097-2023-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 16 de agosto de 2023, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones que se indica a continuación, en las cuales se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, tras haberse declarado, también, la nulidad respectiva en las Elecciones Municipales 2022:

N.°

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

1

CAJAMARCA

CHOTA

PION

2

CAJAMARCA

SANTA CRUZ

NINABAMBA

Administración de justicia electoral

2. A través de la Resolución Nº 0134-2023-JNE, del 21 de agosto de 2023, se definió una (1) circunscripción administrativa y de justicia electoral, sobre la cual se constituyó el Jurado Electoral Especial (JEE) de Cajamarca, con competencia para impartir justicia electoral en primera instancia en las circunscripciones comprendidas en el proceso electoral.

Dicho órgano de justicia electoral se instaló e inició sus actividades el 15 de enero de 2024, bajo la presidencia de la magistrada Fernanda Eliza Bazán Sánchez de Chicoma, elegida por la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca para el ejercicio de la función electoral.

CONSIDERANDOS

Conclusión del proceso de EMC 2024

1. El Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento de las funciones que le confiere la Constitución Política del Perú, en su artículo 178, numerales 1 y 4, y su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, ha fiscalizado el proceso e impartido justicia en materia electoral; en tal sentido, ha resuelto los recursos presentados por los personeros de las organizaciones políticas participantes en todas las etapas del proceso electoral, verificándose que no existe ante esta instancia ningún recurso pendiente de resolver referido a las EMC 2024, realizadas el 26 de mayo de 2024.

2. De la misma forma, se ha constatado que el JEE de Cajamarca cumplió con resolver todo aquello que era de su competencia. En igual sentido, emitió las correspondientes Actas de Proclamación de Resultados de Cómputo sobre la base del cómputo realizado por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Cajamarca.

Nulidad de la elección municipal complementaria en los distritos de Pion (Chota, Cajamarca) y Ninabamba (Santa Cruz, Cajamarca)

3. En la elección realizada en los distritos de Pion y Ninabamba, el JEE de Cajamarca declaró la nulidad de oficio, al haberse configurado una de las causas de nulidad previstas en el artículo 36 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM), debido a que el ausentismo de los electores fue mayor al 50 % de los electores hábiles de dichas circunscripciones.

De acuerdo con el cómputo elaborado por la ODPE de Cajamarca, los resultados fueron los siguientes:

DISTRITO DE PION (CHOTA, CAJAMARCA)

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

CANTIDAD DE VOTOS

ALIANZA PARA EL PROGRESO

437

TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS

437

VOTOS NULOS

14

VOTOS EN BLANCO

13

TOTAL DE VOTOS EMITIDOS

464

TOTAL DE ELECTORES HÁBILES

1143

50% DEL TOTAL DE ELECTORES HÁBILES

572

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

464

40.595 %

PORCENTAJE DE AUSENTISMO ELECTORAL

59.405 %

DISTRITO DE NINABAMBA (SANTA CRUZ, CAJAMARCA)

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

CANTIDAD DE VOTOS

PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PERÚ LIBRE

437

TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS

437

VOTOS NULOS

9

VOTOS EN BLANCO

14

TOTAL DE VOTOS EMITIDOS

460

TOTAL DE ELECTORES HÁBILES

2347

50% DEL TOTAL DE ELECTORES HÁBILES

1174

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

460

19.599 %

PORCENTAJE DE AUSENTISMO ELECTORAL

80.401 %

4. Así las cosas, al haberse declarado la nulidad de la elección complementaria, realizada el 26 de mayo de 2024, en los distritos de Pion y Ninabamba, no se cuenta en estos con autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2023-2026, por lo que se encuentran en funciones, a manera de prórroga, las autoridades que fueron elegidas en el proceso de Elecciones Municipales 2018 para el periodo de gobierno municipal 2019-2022.

5. Lo expuesto en los puntos 3 y 4 determina la necesidad de comunicar al Poder Ejecutivo esta situación, a fin de que se tenga en cuenta en la oportunidad en que se solicite la convocatoria a una tercera elección municipal complementaria que viabilice la elección de las autoridades ediles para completar el periodo de gobierno local en curso.

6. De otro lado, es menester adoptar medidas que, de manera provisional, garanticen la continuidad de los servicios municipales en ambos distritos, por lo que, en tanto no se elijan y proclamen a las nuevas autoridades municipales que correspondan al periodo 2023-2026, deberán continuar en funciones las autoridades elegidas para el periodo anterior.

7. Con ello, este órgano colegiado tiene por culminado el proceso de EMC 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que señala que el proceso electoral termina con la publicación de la resolución que declara su conclusión.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DECLARAR CONCLUIDO el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 097-2023-PCM, cuyo acto eleccionario se realizó el 26 de mayo de 2024.

2. COMUNICAR a la Presidencia de la República y la Presidencia del Consejo de Ministros que en el proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024 se declaró la nulidad de los comicios en los distritos de Pion (provincia de Chota, departamento de Cajamarca) y Ninabamba (provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca), a fin de que se tenga en cuenta en la oportunidad en que se solicite la convocatoria a una tercera elección municipal complementaria para la elección de autoridades en dichos distritos.

3. DECLARAR que en los distritos de Pion (provincia de Chota, departamento de Cajamarca) y Ninabamba (provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca) las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, que están en funciones, continúan hasta la elección y proclamación de nuevas autoridades; por lo que sus credenciales mantienen su vigencia hasta que culminen el ejercicio del cargo.

4. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio Público, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Defensoría del Pueblo, de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, para los fines pertinentes.

5. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

MAISCH MOLINA

RAMÍREZ CHÁVARRY

SANJINEZ SALAZAR

OYARCE YUZZELLI

Marallano Muro

Secretaria General

2301259-1