Formalizan la incorporación a la Contraloría General de la República de 238 Órganos de Control Institucional de diversas entidades

Resolución de Contraloría

Nº 291-2024-CG

Lima, 21 de junio de 2024

VISTOS:

El Proveído Nº 002077-2024-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja Informativa Nº 000512-2024-CG/PLPREPI y el Memorando Nº 003429-2024-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando Nº 000987-2024-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa Nº 000591-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 000707-2024-CG/GJNC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme el artículo 13 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Sistema Nacional de Control se encuentra conformado, entre otros, por todas las unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental de las entidades que se mencionan en el artículo 3 de la referida Ley, sean estas de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento organizacional; entendiéndose por estas unidades orgánicas a los Órganos de Control Institucional, conforme a la Novena Disposición Final de la citada Ley Nº 27785, modificada con la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Que, el artículo 14 de la citada Ley Nº 27785 señala que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso;

Que, de acuerdo al artículo 17 de la Ley Nº 27785, el Órgano de Control Institucional mantiene una relación funcional con la Contraloría General de la República, efectuando su labor de conformidad con los lineamientos y políticas que para tal efecto establezca esta Entidad Fiscalizadora Superior;

Que, mediante la Ley Nº 30742, se establecieron las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;

Que, en ese contexto, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742 autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades de Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República, siendo que, para efectos del financiamiento de los Órganos de Control Institucional, la mencionada ley autoriza a dichas entidades la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras a favor de esta Entidad Fiscalizadora Superior, previa solicitud, para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional. Asimismo, se establece que la Contraloría General de la República aprueba, de ser necesario, disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido en la citada Tercera Disposición Complementaria Final;

Que, la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, ha establecido disposiciones para garantizar el control gubernamental durante el proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; precisando el numeral 6.1 de su artículo 6, que las entidades del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y Locales, así como las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control mantienen, con cargo a su presupuesto institucional, el financiamiento para la asignación de recursos humanos para el apoyo técnico administrativo, así como de recursos logísticos tales como servicios, mobiliarios y materiales; e infraestructura necesaria para garantizar el normal desempeño de las funciones de los Órganos de Control Institucional;

Que, asimismo, el numeral 6.2. del artículo 6 de la Ley Nº 31358 autoriza excepcionalmente a la Contraloría General de la República a incorporar a los Órganos de Control Institucional de las entidades señaladas en el párrafo precedente, que no hayan realizado la transferencia financiera a la que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, sin perjuicio de continuar con las gestiones administrativas e identificación de responsabilidades que correspondan;

Que, la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349-2023-CG, y su modificatoria, establece las disposiciones para el proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a esta Entidad Fiscalizadora Superior, en el marco de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; en esa línea, el numeral 7.3 de la citada directiva, en concordancia con el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley Nº 31358, prevé la posibilidad de que la Contraloría General de la República incorpore a los Órganos de Control Institucional de las entidades que no hayan realizado la transferencia financiera oportunamente, sin perjuicio de continuar con las gestiones administrativas pertinentes, así como obtener la transferencia financiera e identificar las responsabilidades administrativas que correspondan;

Que, en dicho contexto, mediante Resoluciones de Contraloría Nº 422-2023-CG de 19 de diciembre de 2023 y Nº 197-2024-CG de 5 de abril de 2024, se aprobaron, respectivamente, el inicio del proceso de incorporación de ciento setenta y cinco (175) y de sesenta y cinco (65) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, en el marco de las disposiciones de la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL;

Que, mediante la Hoja Informativa Nº 000512-2024-CG/PLPREPI, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones propone la incorporación de doscientos treinta y ocho (238) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, cuyo inicio de proceso de incorporación fue aprobado mediante las Resoluciones de Contraloría Nº 422-2023-CG y Nº 197-2024-CG; propuesta que, de acuerdo a lo expuesto en la citada hoja informativa, se sustenta en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el numeral 7.3 de la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, habiendo sido complementada con el Memorando Nº 003429-2024-CG/PLPREPI; asimismo, cuenta con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, mediante el Memorando Nº 000987-2024-CG/GMPL;

Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000707-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000591-2024-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que formaliza la incorporación de doscientos treinta y ocho (238) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, conforme ha sido sustentado por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 y 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modificatorias, y la Resolución de Contraloría Nº 276-2024-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la incorporación a la Contraloría General de la República de doscientos treinta y ocho (238) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los titulares de las entidades que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución deben ejecutar las acciones derivadas de la incorporación de los Órganos de Control Institucional formalizada en el artículo precedente; así como garantizar el normal desempeño de las funciones de los citados órganos, de acuerdo al marco normativo vigente.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL IGLESIAS LEÓN

Vicecontralor de Integridad y Control (e)

Contralor General de la República (e)

ANEXO

FORMALIZACIÓN DE INCORPORACIÓN DE OCI A LA CGR

N°

CODIGO ENTIDAD

NOMBRE DE ENTIDAD

NIVEL DE GOBIERNO

1

3615

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

GOBIERNO NACIONAL

2

6035

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS

GOBIERNO NACIONAL

3

5294

AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA - PROINVERSIÓN

GOBIERNO NACIONAL

4

5310

AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL - APCI

GOBIERNO NACIONAL

5

0308

ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN

GOBIERNO NACIONAL

6

6402

AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO

GOBIERNO NACIONAL

7

5736

AUTORIDAD NACIONAL DE SERVICIO CIVIL

GOBIERNO NACIONAL

8

5740

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

GOBIERNO NACIONAL

9

5435

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL

GOBIERNO NACIONAL

10

0002

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

11

0865

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

12

0325

CAJA DE PENSIONES MILITAR POLICIAL

GOBIERNO NACIONAL

13

6264

CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS - PERÚ COMPRAS

GOBIERNO NACIONAL

14

0060

CENTRO DE FORMACIÓN EN TURISMO

GOBIERNO NACIONAL

15

5991

CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO DE RECURSOS ESTRATÉGICOS EN SALUD - CENARES

GOBIERNO NACIONAL

16

5519

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - CEPLAN

GOBIERNO NACIONAL

17

5777

COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

GOBIERNO NACIONAL

18

5610

COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO - PROMPERÚ

GOBIERNO NACIONAL

19

0312

COMISION NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO AEROESPACIAL (CONIDA)

GOBIERNO NACIONAL

20

4790

COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

GOBIERNO NACIONAL

21

0305

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - CONCYTEC

GOBIERNO NACIONAL

22

4869

CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD - CONADIS

GOBIERNO NACIONAL

23

6354

DIRECCIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA CENTRO

GOBIERNO NACIONAL

24

6351

DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA ESTE

GOBIERNO NACIONAL

25

6353

DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA NORTE

GOBIERNO NACIONAL

26

6355

DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA SUR

GOBIERNO NACIONAL

27

5536

DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA - DINI

GOBIERNO NACIONAL

28

0984

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA

GOBIERNO NACIONAL

29

0284

EJERCITO PERUANO

GOBIERNO NACIONAL

30

0235

ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE 'ALMIRANTE MIGUEL GRAU'

GOBIERNO NACIONAL

31

0864

ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

32

4382

FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL - FONCODES

GOBIERNO NACIONAL

33

4380

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO (FONDEPES)

GOBIERNO NACIONAL

34

4343

FUERO MILITAR POLICIAL - EX CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR

GOBIERNO NACIONAL

35

0286

FUERZA AÉREA DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

36

3881

HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ

GOBIERNO NACIONAL

37

4517

HOSPITAL DE APOYO MARÍA AUXILIADORA

GOBIERNO NACIONAL

38

3788

HOSPITAL DE EMERGENCIAS JOSÉ CASIMIRO ULLOA

GOBIERNO NACIONAL

39

3789

HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIÁTRICAS

GOBIERNO NACIONAL

40

6356

HOSPITAL DE EMERGENCIAS VILLA EL SALVADOR

GOBIERNO NACIONAL

41

3787

HOSPITAL GENERAL SANTA ROSA - LIMA

GOBIERNO NACIONAL

42

3831

HOSPITAL HERMILIO VALDIZÁN ATE

GOBIERNO NACIONAL

43

3763

HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA

GOBIERNO NACIONAL

44

3604

HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIA

GOBIERNO NACIONAL

45

4515

HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ

GOBIERNO NACIONAL

46

3762

HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO

GOBIERNO NACIONAL

47

3914

HOSPITAL NACIONAL HIPÓLITO UNANUE

GOBIERNO NACIONAL

48

4229

HOSPITAL NACIONAL SERGIO E BERNALES

GOBIERNO NACIONAL

49

5531

HOSPITAL SAN JUAN DE LURIGANCHO

GOBIERNO NACIONAL

50

0998

HOSPITAL VÍCTOR LARCO HERRERA

GOBIERNO NACIONAL

51

4535

INDECOPI

GOBIERNO NACIONAL

52

0159

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE LA AMAZONIA PERUANA

GOBIERNO NACIONAL

53

0068

INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

54

0220

INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ

GOBIERNO NACIONAL

55

0850

INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL - IGN

GOBIERNO NACIONAL

56

0064

INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO Y METALÚRGICO

GOBIERNO NACIONAL

2301208-1