Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a la República Popular China y encargan su Despacho al Ministro de la Producción

resolución suprema

nº 155-2024-pcm

Lima, 22 de junio de 2024

CONSIDERANDO:

Que, con Nota Verbal N° 101/2024 de fecha 27 de mayo de 2024, la Embajada de la República Popular China en el Perú invita al señor Angel Manuel Manero Campos, Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a la Tercera Edición del Foro Ministerial de Agricultura entre China y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), el cual se realizará del 01 al 03 de julio de 2024 en la ciudad de Weifang, República Popular China;

Que, mediante OF.RE (CER) N°2-9-A/25 de fecha 29 de mayo de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada la carta de invitación que dirige el Viceministro de Agricultura y Asuntos Rurales de la República Popular China, señor Deng Xiaogang, al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, señor Angel Manuel Manero Campos, para participar en el mencionado evento;

Que, la Tercera Edición del Foro Ministerial de Agricultura entre China y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), tiene como objetivo construir una plataforma de intercambio agrícola entre los departamentos gubernamentales, las instituciones de investigación científica y las empresas de China y América Latina y el Caribe, y profundizar de forma global la cooperación de beneficio mutuo en la agricultura;

Que, el Foro China-CELAC tiene la finalidad de promover el desarrollo de la Asociación de Cooperación Integral China - América Latina y el Caribe, caracterizada por la igualdad, el beneficio mutuo y el desarrollo compartido; buscando profundizar las relaciones birregionales, basadas en el respeto, la igualdad y el beneficio mutuo, libres de toda condicionalidad, con el fin de avanzar en la promoción del desarrollo sostenible e integral de las Partes;

Que, en el marco de la Tercera Edición del Foro Ministerial de Agricultura entre China y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), se llevará a cabo la IV Reunión de la Comisión Conjunta de Cooperación Agrícola entre Perú y la República Popular China, la cual permitirá dialogar y fortalecer las acciones de cooperación en materia de desarrollo agrario y riego entre ambos países, el desarrollo de proyectos y programas, intercambio de experiencias y cursos y oportunidades de capacitación;

Que, la presencia activa del Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego en el referido evento, facilitará el intercambio de conocimientos, la identificación de nuevas oportunidades de cooperación y la atracción de inversiones, beneficiando directamente al desarrollo agrícola del Perú y mejorando las condiciones de vida de los productores locales;

Que, asimismo, en la Sesión Temática sobre Economía y Comercio Agrícola, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego resaltará las ventajas competitivas del Perú en el comercio agrícola global a través de la presentación de las experiencias y logros del Perú en el sector, enfatizando la importancia de la exportación de productos agropecuarios y su contribución a la seguridad alimentaria mundial;

Que, en ese sentido, es de interés nacional autorizar el viaje del señor Angel Manuel Manero Campos, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la República Popular China, en tanto subraya el compromiso de Perú con la colaboración internacional y posiciona al país como un actor clave en la promoción de prácticas agrícolas sostenibles y la apertura de nuevos mercados para productos agropecuarios peruanos;

Que, el presente viaje al exterior no irroga gastos al Tesoro Público, debido a que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el Ministerio de Agricultura y Asuntos Rurales de la República Popular China, como organizador del evento;

Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la República Popular China, del 28 de junio al 06 de julio de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho del Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gasto alguno al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

2300765-6