Decreto Supremo que autoriza transfe-rencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil

Decreto Supremo

N° 111-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, dispone que con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2024, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último; asimismo, señala en el numeral 12.2, que el citado artículo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio respectivo y de las entidades que pertenezcan a su sector, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante el Oficio N° 000194-2024-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, para financiar la continuidad de la ejecución de dos inversiones con CUI N° 2541460 y CUI N° 2573739, así como la implementación de la nueva Sede Jefatura Zonal – Ucayali; las cuales contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional Multisectorial (PNMSC) aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2022-IN y a los objetivos estratégicos Sectoriales del PESEM al 2030 del Sector Interior aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1912-2023-IN, en el marco de lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000352-2024-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 000455-2024-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del ministerio citado, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante el Oficio N° 000971-2024-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior adjunta el Informe N° 000434-2024-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, con información complementaria;

Que, mediante el Memorando N° 0329-2024-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0166-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas precisa que, de la revisión efectuada a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las inversiones de optimización con CUI N° 2573739 y CUI N° 2541460 se encuentran aprobadas, activas y en la fase de Ejecución, según lo establecido en el párrafo 29.1 del artículo 29 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, señala que no presentan observaciones;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 2 206 860,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, a favor de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 2 206 860,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, para financiar la continuidad de la ejecución de las inversiones con CUI N° 2541460 y CUI N° 2573739; y la implementación de la nueva Sede Jefatura Zonal – Ucayali, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio del Interior, en el marco de lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA   : Gobierno Central

PLIEGO 007 : M. del Interior

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5001206 : Sistema de Procesamiento de Datos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 648 130,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 558 730,00

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TOTAL EGRESOS 2 206 860,00 ===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 072 : Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

ACTIVIDAD 5000989 : Normas y Control de Armas, Municiones y Explosivos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 648 130,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 139 350,00

PROYECTO 2541460 : Adquisición de sistema de tecnología, información y comunicación, sistema de control y monitoreo, camioneta y motocicleta; además de otros activos en el(la) Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil “SUCAMEC” para la optimización del servicio de control y fiscalización - Distrito de Magdalena del Mar, Provincia Lima, Departamento Lima

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 749 168,00

PROYECTO 2573739 : Remodelación de almacén; adquisición de equipo de marcación de armas; en el (la) Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos de la sede central SUCAMEC en la localidad Magdalena del Mar, Distrito de Magdalena del Mar, Provincia Lima, Departamento Lima

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 670 212,00

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TOTAL EGRESOS 2 206 860,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.

Dina Ercilia Boluarte Zegarra

Presidenta de la República

Jose Berley Arista Arbildo

Ministro de Economía y Finanzas

Juan José Santiváñez Antúnez

Ministro del Interior

2300377-2