Aprueban el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Nº 00221-2024-GG/OSIPTEL

Lima,18 de junio de 2024

MATERIA

APROBACIÓN DEL MANUAL TÉCNICO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL USUARIO

VISTOS:

i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario;

ii) El Informe N° 00052-DAPU/2024, que sustenta el proyecto al que se refiere el numeral precedente y recomienda su aprobación; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 333-2023-CD/OSIPTEL, este Organismo dispuso la aprobación del Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Calidad de Atención).

Que, el artículo 10 del Reglamento de Calidad de Atención, establece que el Osiptel diseña e implementa el Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario, a través del cual las empresas operadoras con más 500 000 abonados a nivel nacional, realizan la entrega de los reportes y registros relacionados a su atención presencial, telefónica y digital. Asimismo, dispone que la entrega de dicha información se debe realizar en la forma y detalle establecido en el Manual Técnico que, para tal efecto, apruebe el Osiptel;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento de Calidad de Atención dispuso que la Gerencia General emita un Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario, en el cual se detalle la estructura de los campos de información de los reportes de información y de los registros de los canales de atención brindado por las empresas operadoras, así como las instrucciones para la entrega y recojo de información, que incluye los horarios y periodicidad, entre otra información que se considere necesaria;

Que, el artículo 7° del Reglamento General del Osiptel, establece que toda decisión de este Organismo debe adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados;

Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 00135-2024-GG/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de abril de 2024, se dispuso la publicación para comentarios, en la página web del Osiptel, del “Proyecto de Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario”;

Que, las empresas operadoras Telefónica del Perú S.A.A., América Móvil Perú S.A.C., Entel Perú S.A. y Viettel Perú S.A.C. presentaron sus comentarios al referido proyecto;

Que, cumpliendo con las funciones y objetivos que corresponden al Osiptel, conforme al marco legal antes señalado, es pertinente aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario;

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso p) del artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 333-2023-CD/OSIPTEL;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Manual Técnico del Sistema de Información del Servicio de Atención al Usuario.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de VISTOS, la Matriz de Comentarios y el Manual al que se refiere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: https://www.gob.pe/osiptel).

Regístrese y publíquese.

SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA

Gerente General

Gerencia General

2299374-1