Aprueban el Documento Técnico: Plan del Ministerio de Salud frente a la temporada de bajas temperaturas, 2024

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 433-2024/MINSA

Lima, 19 de junio de 2024

VISTO, el Expediente N° DIGERD-UGRDS20240000374, que contiene la Nota Informativa N° D00252-2024-DIGERD-MINSA, que adjunta la Nota Informativa N° D000133-2024-DIGERD-UGRDS-MINSA y el Informe N° D000010-2024-DIGERD-UGRDS-SBR-MINSA, el Memorándum N° D001030-2024-DIGERD-MINSA, que anexa la Nota Informativa N° D000221-2024-DIGERD-UGRDS-MINSA y el Informe N° D000012-2024-DIGERD-UGRDS-SBR-MINSA, el Memorándum N° D001106-2024-DIGERD-MINSA, que adjunta la Nota Informativa N° D000239-2024-DIGERD-UGRDS-MINSA y el Informe N° D0000014-2024-DIGERD-UGRDS-SBR-MINSA, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud; el Memorándum N° D001992-2024-OGPPM-MINSA, que adjunta el Informe N° D000149-2024-OGPPM-OPEE-MINSA y el Memorándum N° D000947-2024-OGPPM-OP-MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000658-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral IV del Título Preliminar de la referida Ley, señala que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros, respectivamente;

Que, mediante Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre (SINAGERD), se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, por Decreto Supremo N° 026-2020-SA, se aprueba la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, cuyo lineamiento 3.9 de su objetivo prioritario 3, mejorar las condiciones de vida de la población que generan vulnerabilidad y riesgos en la salud, está referido a reducir las condiciones de riesgo de los medios de vida ante emergencias y desastres de la población;

Que, por Decreto Supremo Nº 047-2022-PCM, se aprueba el “Plan Multisectorial ante Heladas y Friaje 2022-2024”, actualizado por los Decretos Supremos N° 066-2023-PCM y N° 028-2024-PCM, tiene por objeto reducir la vulnerabilidad de la población expuesta frente a la exposición a los fenómenos de heladas y friaje por medio del accionar articulado del Estado y el diseño e implementación de estrategias para la reducción del riesgo y la preparación, en territorios priorizados, que coadyuven a proteger la vida e integridad física de la población, así como de sus medios de vida;

Que, el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, dispone que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector salud los componentes, procesos y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres; coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de las emergencia sanitarias que correspondan, así como la prevención y control de riesgo de desastres;

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud ha propuesto el Documento Técnico: Plan del Ministerio de Salud frente a la temporada de bajas temperaturas, 2024;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud;

Con el visado del de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Oficina General de Comunicaciones, de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades, del Instituto Nacional de Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Salud Pública, y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos N°011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Plan del Ministerio de Salud frente a la temporada de bajas temperaturas, 2024, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2299352-1