Aprueban la incorporación de un (01) requerimiento de información a modo de servicio, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 177-2024-MINCETUR

Lima, 18 de junio de 2024

VISTO, el Informe N° 0006-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT-YND, el Memorándum Nº 271-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas; el Memorándum Nº 355-2024-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, y el Memorándum Nº 458-2024-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional; así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE y que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales, figura la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud;

Que, asimismo, la referida Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación;

Que, mediante la documentación del Visto, el Viceministerio de Comercio Exterior alcanza un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la incorporación de un (01) requerimiento de información a modo de servicio de la DIGESA para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la VUCE, adjuntando el Acta de Certificación Nº 2024-001-DGS que lo sustenta; razón por la cual resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que aprueba su incorporación;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de un (01) requerimiento de información a modo de servicio, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH GALDO MARÍN

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

ANEXO

Incorporación de un (01) requerimiento

de información a modo de servicio, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

Denominación del servicio

Entidad Competente

01

Autorización Sanitaria para productos químicos de uso industrial.

DIGESA del Ministerio de Salud

2298989-1