RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO
020-2023-2024-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa del
Congreso siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL
CONGRESO QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR
Artículo 1. Materias y plazo de la delegación
Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislar, a partir del día siguiente del término de la Segunda Legislatura Ordinaria correspondiente al Período Anual de Sesiones 2023-2024 hasta el 19 de julio de 2024, sobre los siguientes asuntos:
1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.
Artículo 2. Limitaciones
Exclúyense de los asuntos a que se refiere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los quince días del mes de junio de dos mil veinticuatro.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
2298265-1