Designan profesionales en el cargo de Administrador Local de Agua de diversos ámbitos territoriales
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 0238-2024-ANA
San Isidro, 11 de junio de 2024
VISTOS:
Los Informes Nº 0723-2024-ANA-OA-URH y Nº 0728-2024-ANA-OA-URH, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; y el Informe Legal Nº 0559-2024-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997 se crea la Autoridad Nacional del Agua – ANA, como un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, actualmente denominado Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego de acuerdo al artículo 2 de la Ley Nº 31075, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;
Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, señala que, la organización de la Autoridad Nacional del Agua se rige por la presente Ley y su Reglamento, siendo su estructura básica, entre ellas, las Administraciones Locales de Agua que dependen de las Autoridades Administrativas del Agua;
Que, el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley de Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas de las Autoridades Administrativas del Agua que administran los recursos hídricos y sus bienes asociados en sus respectivos ámbitos territoriales que son aprobados mediante Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua; asimismo, el numeral 23.3 del citado artículo, indica que la designación de los Administradores Locales de Agua se efectúa por concurso público de méritos, convocado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua conforme a ley, dando cuenta al Consejo Directivo;
Que, la Unidad de Recursos Humanos mediante el informe de vistos, señala que, habiéndose llevado a cabo el concurso público para la designación de los cargos de Administrador Local de Agua de las Administraciones Locales de Agua de Alto Piura, Caplina – Locumba, Casma Huarmey, Chancay Lambayeque, Chillón Rímac Lurín, Colca Siguas Chivay, Iquitos, Mantaro, Moche Virú Chao y Moquegua; resulta viable la designación en los cargos de Administrador Local de Agua a los profesionales que fueron declarados ganadores en el mencionado concurso público, precisando además que, de acuerdo a necesidades objetivas de la entidad, la Jefatura puede optar por designarlos posteriormente en otra Administración Local de Agua;
Que, la Unidad de Recursos Humanos, además precisa, que los profesionales ganadores, cumplen con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la entidad y en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones. Además, no se encuentran incursos en la actualidad, en causal de impedimento y/o incompatibilidad legal para ejercer dicho cargo; asimismo, refiere que, no cuentan con antecedentes en el módulo de Registro Nacional del Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC); así como en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM) y Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva (RENADESPPLE);
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal de vistos, opina que resulta viable legalmente lo señalado por la Unidad de Recursos Humanos, y;
Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica; de la Gerencia General y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento, aprobado y modificado por los Decretos Supremos Nº 075-2008-PCM y Nº 065-2011-PCM, respectivamente; así como la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designación en el cargo de Administrador Local de Agua
De acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, se designa, a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, bajo el Régimen Laboral Especial de la Contratación Administrativa de Servicios establecida por el Decreto Legislativo Nº 1057 y sus modificatorias; en el cargo de Administrador Local de Agua a los profesionales que se detallan a continuación:
Nº |
Administración Local de Agua ALA |
Apellidos y Nombre |
1 |
Alto Piura |
Huertas Lozada Jaime Luis |
2 |
Chancay Lambayeque |
Mateo Pacheco Constantino Damián |
3 |
Moche Viru Chao |
Limo Seclen Luis Alberto |
4 |
Casma Huarmey |
Alcántara Vela Edgar Javier |
5 |
Chillón Rímac Lurín |
Muñoz Alva Juan Eduardo |
6 |
Iquitos |
Puelles Lozada Eliseo Marciano |
7 |
Mantaro |
Iglesias Salas Jaime Alberto |
8 |
Colcas Siguas Chivay |
Fernández Mares Miguel Enrique |
9 |
Moquegua |
Zevallos Quezada Ángel Gustavo |
10 |
Caplina Locumba |
Castillo Salazar Ricardo David |
Artículo 2.- Notificación
Notificar la presente Resolución Jefatural a los profesionales mencionados en el artículo precedente, así como, a las Autoridades Administrativas del Agua a la que pertenecen, y a la Unidad de Recursos Humanos.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONZO ZAPATA CORNEJO
Jefe
2297023-1