Determinan fecha de culminación del proceso de fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 216-2024-MIMP

Lima, 11 de junio de 2024

VISTOS, la Nota N° D000425-2024-MIMP-DVMPV, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000070-2024-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Informe N° D000278-2024-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum N° D000760-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000357-2024-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP se dispone la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, teniendo este último la calidad de entidad absorbente;

Que, el numeral 2.1. del artículo 2 del precitado Decreto Supremo establece que la fusión por absorción culmina en un plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de su vigencia; plazo que fue modificado mediante Decreto Supremo N° 012-2023-MIMP, y prorrogado mediante Resolución Ministerial N° 163-2024-MIMP;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP, dispone que, mediante Resolución Ministerial, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables determina la fecha de culminación del proceso de fusión;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 284-2023-MIMP, se constituye la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del INABIF al CONADIS, así como la transferencia de los bienes muebles e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, convenios y contratos, pasivos y activos correspondientes, entre otros, a la entidad absorbente;

Que, con Decreto Supremo N° 103-2024-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 18 398 851,00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, para financiar la ejecución de las actividades de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP y prórrogas, en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y en el artículo 78 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante Nota N° D000425-2024-MIMP-DVMPV, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, en su calidad de Presidente de la Comisión de Transferencia constituida por Resolución Ministerial N° 284-2023-MIMP, remite el Informe Final de citada Comisión y adjunta el Acta de entrega y recepción de la fusión por absorción de fecha 9 de junio de 2024, en la que se acuerda aprobar al 10 de junio de 2024, la conclusión del proceso de fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del INABIF al CONADIS, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP;

Que, con Memorándum N° D000760-2024-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo y remite el Informe N° D000070-2024-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y el Informe N° D000278-2024-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, a través de los cuales se emite opinión favorable para continuar con la emisión de la Resolución Ministerial que determina la culminación del proceso de fusión por absorción dispuesto por el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP;

Que, mediante Informe N° D000357-2024-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Determinar el 10 de junio de 2024 como fecha de culminación del proceso de fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, teniendo este último la calidad de entidad absorbente, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS y al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MORGAN NICCOLO QUERO GAIME

Ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (e)

2296815-1