Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
decreto supremo
nº 103-2024-ef
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, se aprueba la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, teniendo este último la calidad de entidad absorbente; por el plazo máximo de noventa (90) días hábiles la misma que ha sido prorrogada mediante el Decreto Supremo N° 012-2023-MIMP y la Resolución Ministerial N°163-2024-MIMP, siendo que esta última prorroga el plazo del proceso de fusión por sesenta (60) días calendarios;
Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que, durante el Año Fiscal 2024, las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar, en los pliegos involucrados, como consecuencia de los mecanismos de reforma de la estructura del Estado a los que se refiere el Título III de los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se realizan conforme al mecanismo establecido en el artículo 78 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, el artículo 78 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar como consecuencia de la fusión de direcciones, programas, dependencias, Entidades, organismos públicos y comisiones, así como las transferencias de funciones que se efectúen entre Entidades del Poder Ejecutivo como parte de la reforma de la estructura del Estado, de acuerdo con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº D000831-2024-MIMP-SG, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta por la suma de S/ 18 398 851,00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, para financiar la ejecución de las actividades de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad, en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000242-2024-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; así como, el Oficio N° D000168-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, que remite información complementaria;
Que, mediante el Memorando Nº 0915-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1180-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos determina el costo estimado para el financiamiento de 16 plazas bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 y 502 registros bajo el Decreto Legislativo
N° 1057, por el periodo de junio a diciembre de 2024;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de
S/ 18 398 851,00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, en el artículo 78 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 18 398 851,00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, para financiar la ejecución de las actividades de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP y prórrogas, en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y en el artículo 78 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
UNIDAD EJECUTORA 006 : Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0117 : Atención oportuna de niñas, niños y adolescentes en presunto estado de abandono
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 274 685,00
2.3 Bienes y Servicios 201 902,00
PRODUCTO 3000887 : Niñas, niños y adolescentes en riesgo o desprotección familiar reciben servicios de protección
ACTIVIDAD 5006210 : Intervención familiar para el fortalecimiento de competencias parentales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 172 063,00
2.3 Bienes y Servicios 53 119,00
PRODUCTO 3000889 : Niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar en centros de acogida residencial reciben servicios de protección
ACTIVIDAD 5006338 : Atención, cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar a través de centros de acogida residencial especializado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 5 320 136,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 398 984,00
2.3 Bienes y Servicios 3 050 471,00
2.5 Otros Gastos 34 861,00
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000453 : Apoyo al ciudadano con discapacidad
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 617 170,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 156 989,00
2.3 Bienes y Servicios 3 118 471,00
===========
TOTAL EGRESOS 18 398 851,00
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A LA En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 345 : Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS
UNIDAD EJECUTORA 001 : Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0117 : Atención oportuna de niñas, niños y adolescentes en presunto estado de abandono
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 311 156,00
2.3 Bienes y Servicios 387 301,00
PRODUCTO 3000887 : Niñas, niños y adolescentes en riesgo o desprotección familiar reciben servicios de protección
ACTIVIDAD 5006210 : Intervención familiar para el fortalecimiento de competencias parentales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 116 438,00
2.3 Bienes y Servicios 318 920,00
PRODUCTO 3000889 : Niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar en centros de acogida residencial reciben servicios de protección
ACTIVIDAD 5006338 : Atención, cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes en desprotección familiar a través de centros de acogida residencial especializado
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 5 000 135,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 656 233,00
2.3 Bienes y Servicios 2 174 502,00
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000453 : Apoyo al ciudadano con discapacidad
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 504 360,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 1 134 186,00
2.3 Bienes y Servicios 4 795 620,00
===========
TOTAL EGRESOS 18 398 851,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1. El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2296583-1