Disponen la publicación de proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio

Resolución Ministerial

Nº 179-2024-MINAM

Lima, 6 de junio de 2024

VISTOS; el Informe Nº 00184-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA de la Dirección de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00551-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00845-2024-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00137-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00481-2024-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00324-2024-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se establecen disposiciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual regula, entre otros, la estructura y niveles funcionales del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;

Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando que el aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días hábiles;

Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que el Ministerio del Ambiente tiene la función de dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, se establece que la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental propone los instrumentos técnicos-normativos para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;

Que, mediante el Informe Nº 00184-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA/DPIGA y el Memorando Nº 00551-2024-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental sustenta la necesidad de la emisión de un nuevo reglamento de la Ley Nº 28245, por lo que propone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, y su Exposición de Motivos; a fin de ser puestos en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, y su Exposición de Motivos.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica consultasdgpiga@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Carlos Castro Vargas

Ministro del Ambiente

2296185-1