Disponen la publicación del proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento para la gestión del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA” y su exposición de motivos en la sede digital del OEFA

Resolución del Consejo Directivo

Nº 00004-2024-OEFA/CD

Lima, 3 de junio de 2024

VISTOS: El Informe Nº 00089-2024-OEFA/DPEF-SMER, elaborado por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; y, el Informe Nº 00151-2024-OEFAOAJ, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del Sinefa), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental –a cargo de las diversas entidades del Estado– se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11° de la Ley del Sinefa se reconoce la función normativa del OEFA, función que comprende el ejercicio de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno;

Que, el Literal b) del Numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley del Sinefa, señala que el OEFA, en el marco de su rectoría, ejerce la función de supervisión a las EFA de ámbito nacional, regional o local, la cual comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de entidades de fiscalización ambiental nacional, regional o local;

Que, el Numeral 6.1 del Artículo 6° del Régimen Común de la Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, señala que el Plan Anual de Fiscalización Ambiental (en adelante, PLANEFA) es el instrumento de planificación a través del cual cada EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; el PLANEFA es elaborado, aprobado y reportado en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD se aprobaron los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA” (en adelante, Lineamientos del PLANEFA);

Que, en el “Plan Estratégico Institucional para el periodo 2023-2028 Modificado del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.° 00017-2023-OEFA/CD, está contemplado como lineamientos de política institucional, por un lado, la promoción de la articulación y participación intersectorial e intergubernamental para el cumplimiento de las funciones de fiscalización ambiental de las EFA considerando los procesos de desarrollo territorial, y, por otro lado, el desarrollo de la fiscalización ambiental con un enfoque territorial;

Que, a través del Informe Nº 00089-2024-OEFA/DPEF-SMER, la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, sustenta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento para la gestión del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, proyecto normativo que tiene por finalidad contribuir con el cierre de brechas en la atención de problemas ambientales con enfoque territorial, a través de la correcta gestión de los PLANEFA, para el óptimo funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA); el cual previamente a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;

Que, mediante el Informe Nº 00151-2024-OEFAOAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del OEFA emitió opinión legal favorable a la propuesta formulada por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los Literales i) y n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, el Consejo Directivo tiene entre sus funciones, aprobar las normas de obligatorio cumplimiento necesarias para el ejercicio de la función supervisora de las EFA y emitir las resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, mediante el Acuerdo Nº 005-2024, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 008-2024 del 30 de mayo de 2024, el Consejo Directivo del OEFA acordó por unanimidad disponer la publicación del proyecto de “Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el Reglamento para la gestión del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su publicación inmediata;

Contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria, de la Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales i) y n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento para la gestión del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA” y su exposición de motivos en la sede digital de la Entidad (https://www.gob.pe/oefa).

Artículo 2°.- Las personas interesadas pueden remitir sus observaciones, comentarios, opiniones o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez Carrión 603, 607 y 615 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica politicasymejoraregulatoria@oefa.gob.pe en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN EDGARDO NARCISO CHÁVEZ

Presidente del Consejo Directivo

2294800-1