Aprueban la Directiva N° 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000070-2024-SIS/J

La Victoria, 31 de mayo del 2024

VISTOS: El Acta Nº 0003-2024-SIS-OGPPDO, Acta de Reunión de la Propuesta de Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti”, el Memorando Nº 001147-2024-SIS/GNF, el Informe Nº 000015-2024-SIS/GNF-PHL, el Memorando Nº 001194-2024-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe Nº 000066-2024-SIS/OGPPDO y el Memorando Nº 001151-2024-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal Nº 0000298-2024-SIS/OGAJ y la Nota Informativa Nº 000126-2024-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, señala que el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta en acciones como la institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planificación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado;

Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM establece que toda entidad de la Administración Pública Central está orientada al servicio de la persona. En ese sentido, la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, otorga al Seguro Integral de Salud, facultades para aprobar disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, control de riesgo, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normativa vigente;

Que, mediante artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al Seguro Integral de Salud la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), se precisa que los planes complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;

Que, el artículo 100 del Reglamento de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que los Planes Complementarios son estructurados por las IAFAS respetando las condiciones del PEAS; asimismo, establece que el valor de los mismos es determinado en función de la extensión y características de la cobertura ofertada;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modificatorias, faculta al Seguro Integral de Salud a aprobar disposiciones administrativas relacionadas, entre otros, al desarrollo de los Planes Complementarios en el marco de la normatividad vigente;

Que, con Resolución Jefatural Nº 119-2019/SIS se aprueba la Directiva Administrativa Nº 002-2019-SIS/GNF-V.02, Directiva Administrativa que regula el procedimiento de Trámite y Reconocimiento del Reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados del Seguro Integral de Salud con el objetivo de establecer el procedimiento y criterios técnicos estandarizados para el trámite de reconocimiento y reembolso de la Prestación Económica de Sepelio;

Que, mediante definición operativa señalada en el sub numeral 5.1.5 de la Directiva Administrativa Nº 308-MINSA/2021/DGAIN, “Metodología para el pago de prestaciones administrativas (por expediente) del Seguro Integral de Salud” aprobada con la Resolución Ministerial Nº 446-2021/MINSA, se define a la Prestación Administrativa de la siguiente manera: “Son servicios complementarios a la prestación de salud brindados por las IPRESS o proveedores, tales como: traslados de emergencia, traslado de paciente oncológico estable, asignación por alimentación en casas maternas para gestantes y/o puérperas, procedimientos especiales tercerizados y subcomponente prestacional, prestación económica de sepelio COVID-19, prestación económica de sepelio regular, u otros que apruebe la entidad”;

Que, a través de Resolución Jefatural Nº 000022-2024-SIS/J, se aprobó la Directiva Nº 001-2024-SIS-OGPPDO-V.01 que regula la elaboración, modificación, actualización y/o aprobación de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud y sus anexos, con el objetivo de establecer y estandarizar las disposiciones para la elaboración, aprobación, difusión, implementación, evaluación y actualización de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud, a fin de mejorar la operatividad de los procesos de la entidad, generándose valor público en beneficio de los asegurados;

Que, mediante Acta Nº 003-2024-SIS-OGPPDO, del 10 de mayo del 2024, Acta de Reunión de la Propuesta de Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti”, se acordó dar conformidad a la versión final expuesta por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional procedan a elaborar el Acta de Conformidad a la propuesta de Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti”, acordando que la misma entrará en vigencia a partir del 01 de julio del 2024;

Que, con Memorando Nº 001147-2024-SIS/GNF, el Informe Nº 000015-2024-SIS/GREP-PHL y Memorando Nº 001194-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento sustenta la propuesta de Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF–V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos,

Que, mediante Informe Nº 000066-2024-OGPPDO/SIS y Memorando Nº 001151-2024-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta de Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF–V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos;

Que, con Informe Legal Nº 000298-2024-SIS/OGAJ y Nota Informativa Nº 000126-2024-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base a las opiniones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, y conforme al marco normativo aplicable, considera que resulta viable que la Jefatura del Seguro Integral de Salud emita la Resolución Jefatural que: i) deje sin efecto, desde el 01 de julio de 2024, la Directiva Administrativa Nº 002-2019-SIS/GNF-V02: “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 119-2019/SIS; y, ii) apruebe la Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos, a partir del 01 de julio de 2024;

Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud; en el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163 y sus modificatorias; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, en la Resolución Jefatural Nº 000022-2024-SIS/J, que aprueba la Directiva Nº 001-2024-SIS-OGPPDO-V.01 que regula la elaboración, modificación, actualización y/o aprobación de los documentos normativos del SIS y sus anexos.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto, desde el 01 de julio de 2024, la Directiva Administrativa Nº 002-2019-SIS/GNF-V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 119-2019/SIS.

Artículo 2.- Aprobar la Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Beneficio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos, la misma que forma parte integrante de la presente resolución, la cual entrará en vigencia a partir del 01 de julio del 2024.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la implementación de la Directiva aprobada en el artículo 2 de la presente resolución.

Artículo 4.- Notificar la presente resolución a los Órganos del Seguro Integral de Salud, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario oficial El Peruano, y en la misma fecha, la Resolución, la Directiva y sus anexos en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA

Jefa del Seguro Integral de Salud

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