Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Antonio

Resolución de Alcaldía

Nº 054-2024-A/MDSA

San Antonio, 23 de febrero del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN ANTONIO

VISTOS:

El Informe Nº 009-2024-MDSA/GM/OGPP/OPM de fecha 31 de enero del 2024, Informe Legal Nº 59-2024-MDSA/GM/OGAJ de fecha 02 de febrero del 2024, Informe Nº 051-2024-MDSA/A/GM de fecha 0 5 de febrero del 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680 y Nº 30305, concordante en los artículos l y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, la autonomía que la Constitución reconoce a las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención en la ciudadanía;

Que, el artículo 43º numeral 43.4 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que, “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 028-2023-MDSA, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de setiembre de 2023, se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Antonio;

Que, con Informe Nº 009-2024-MDSA/GM/OGPP/OPM de fecha 31 de enero del 2024, el (e) Jefe de la Oficina de Planeamiento y Modernización Ing. Jorge Cruz Ticona Patina, emite opinión técnica del TUSNE, informando que conforme a los considerandos opina que el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) cumple con los lineamientos establecidos tanto legal, técnica y administrativo. Sugiere que el presente instrumento normativo de la entidad deberá proceder los actos administrativos y legales a las instancias correspondientes; y, siendo un instrumento de gestión de la Municipalidad Distrital de San Antonio es de Prioridad su aprobación con acto resolutivo o documento equivalente, su publicación y consecuentemente entre en vigencia respectivamente. Opinión Técnica que es remitida a la Oficina General de Asesoría Jurídica con Proveído S/N por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto para opinión legal;

Que, con Informe Legal Nº 59-2024-MDSA/GM/OGAJ de fecha 02 de febrero del 2024, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica Abog. Juan Fredy Machaca Chipana, estando a la normativa y lo expuesto en los considerandos, es de opinión procedente que mediante acto resolutivo se apruebe el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), de la Municipalidad Distrital de San Antonio, dando cumplimiento a los lineamientos del Numeral 43.4 del artículo 43º del D.S. Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Sugiere que el documento complementario al TUPA sea aprobado mediante Resolución de Alcaldía;

Que, con Informe Nº 051-2024-MDSA/A/GM de fecha 05 de febrero del 2024, la Gerente Municipal Abog. Hilda Raquel Vilca Aguilar, eleva opinión técnica y legal para que se apruebe el TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Antonio dando cumplimiento a lo establecido en el TUO de la Ley Nº 27444, recomendando su aprobación mediante acto resolutivo;

Que, las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con las facultades y atribuciones de que esta investida el despacho de Alcaldía;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Antonio, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Administración, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerente de Desarrollo Económico y Social, Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura, y áreas competentes el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto resolutivo.

Artículo Tercero.- ENCARGAR la notificación y distribución de la presente Resolución a las áreas correspondientes para su cumplimiento y a la Oficina de Tecnologías de la Información su publicación en el portal Web Estándar de la Municipalidad Distrital de San Antonio.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI

Alcalde

“Nota: la Municipalidad Distrital de San Antonio ha solicitado precisar que el Anexo de la Resolución de Alcaldía Nº 054-2024-A/MDSA, se visualizará en la siguiente página web: https://munisanantonio-mariscalnieto.gob.pe/”

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