Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 606-2024-MDB, Ordenanza que establece beneficios tributarios

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2024-MDB

Breña, 24 de mayo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA.

VISTOS:

El Informe Nº 210-2024-SGRCT-GAT/MDB de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el Informe Nº 025-2024-GAT/MDB de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 527-2024-OAJEI de la Oficina de Asesoría Jurídica e Integridad, el Memorando Nº 652-2024-MDB/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 - “Ley de Reforma Constitucional”, y Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en su facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;

Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 606-2024-MDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de abril de 2024, se aprueba Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de contribuyentes;

Que, la Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 606-2024-MDB, prescribe: “FACÚLTESE al Sr. Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr su adecuada aplicación, así como para establecer la prórroga en la vigencia de la misma de ser necesario”.

Que, mediante Informe Nº 210-2024-SGRCT-GAT/MDB, de fecha 23 de mayo de 2024, la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, comunica a la Gerencia de Administración Tributaria que considerando los beneficios que ha brindado la Ordenanza Municipal Nº 606-2024-MDB y la importancia de continuar apoyando a los contribuyentes, recomiendan la ampliación de su vigencia hasta el 28 de junio del año en curso;

Que, mediante Informe Nº 025-2024-GAT/MDB, de fecha 23 de mayo de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria concluye suscribiendo la propuesta de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, para la Prórroga de la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 606-2024-MDB, solicitando que, por intermedio de la Oficina de Asesoría Jurídica e Integridad, gestione la aprobación del Decreto de Alcaldía;

Que, a través del Informe Nº 527-2024-OAJEI-MDB, de fecha 23 de mayo de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica e Integridad, opina por la procedencia y viabilidad legal de la expedición del Decreto de Alcaldía que resuelva prorrogar hasta el 28 de junio de 2024, la vigencia de la Ordenanza Municipal 606-2024-MDB, la misma que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes;

Que, mediante Memorando Nº 652-2024-MDB/GM, de fecha 24 de mayo de 2024, la Gerencia Municipal remite los actuados a fin de que la Secretaría General prosiga con el trámite administrativo correspondiente, de acuerdo a sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Breña, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 595-2023-MDB;

En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º y los Artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORRÓGUESE la vigencia de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 606-2024-MDB, “Ordenanza que establece beneficios tributarios” hasta el 28 de junio de 2024.

Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y a las Subgerencias a su cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias.

Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la SECRETARÍA GENERAL, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial “El Peruano” y a la UNIDAD DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Web Institucional de la Municipalidad www.munibrena.gob.pe y en el Portal Web del Estado Peruano www.gob.pe/munibrena.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Luis Felipe De la Mata Martínez

Alcalde

2292222-1