Autorizan viaje de personal militar a Corea, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 00515-2024-DE

Lima, 24 de mayo del 2024

VISTOS:

Los Oficios Nº 0055/77 y Nº 0065/77 de la Presidencia de la Federación Deportiva Militar del Perú; el Oficio Nº 00996-2024-MINDEF/VPD-DIGEDOC de la Dirección General de Educación y Doctrina; el Oficio Nº 00981-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00750-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, por medio de la invitación de fecha 15 de diciembre de 2023, el Comandante del Korea Armed Forces Athletic Corps solicita a los Jefes de Delegación de los países miembros del Consejo Internacional de Deportes Militares (CISM), considerar la participación de representantes en el “27º Campeonato Mundial de Taekwondo Militar CISM”, a llevarse a cabo en la ciudad de Mungyeong, República de Corea, del 30 de mayo al 5 de junio de 2024;

Que, con Oficios Nº 0055/77 y Nº 0065/77, la Presidencia de la Federación Deportiva Militar del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero David Hernán TERRONES LAFOSSE, Jefe de Delegación; del señor Edgard Ciriano CAMARGO TANTAS, Entrenador; y, del Teniente EP Shian Poul Italo NAVARRO CORNEJO, Atleta Titular; para que participen en la referida actividad, a llevarse a cabo en la ciudad de Mungyeong, República de Corea, del 30 de mayo al 5 de junio de 2024, así como autorizar su salida del país el 28 de mayo y su retorno el 6 de junio de 2024;

Que, con Oficio Nº 00996-2024-MINDEF/VPD-DIGEDOC, la Dirección General de Educación y Doctrina remite a la Dirección General de Relaciones Internacionales, la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en el “27º Campeonato Mundial de Taekwondo Militar CISM”, en el lugar y fecha programada;

Que, a través del Oficio Nº 00981-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico Nº 257-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;

Que, la Ayuda Memoria anexada a los Oficios Nº 0055/77 y Nº 0065/77, señala que el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en el “27º Campeonato Mundial de Taekwondo Militar CISM”, permitirá competir con personal militar de alto nivel competitivo, apreciar el nivel deportivo de otros países de la región, formar parte de la comunidad mundial del deporte militar, coordinar con los países sudamericanos a fin de tener acceso a conocimientos técnicos del deporte competitivo y educación física militar, obtener oportunidades de apoyo y/o participar en actividades deportivas y culturales, así como estrechar lazos de amistad entre el personal militar de los países que participarán en la citada actividad, reforzando los vínculos de amistad y confraternidad entre sus miembros; por lo que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior;

Que, conforme a lo indicado en la invitación del Comandante del Korea Armed Forces Athletic Corps, los gastos por concepto de alojamiento, alimentación, transporte de ida y vuelta desde el lugar de llegada al lugar de estancia en Corea y el transporte durante la competencia, serán asumidos por el Comité Organizador del Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM), a excepción de los gastos adicionales de asistencia médica, medicamentos, bebidas rehidratantes y otros, de acuerdo a la Hoja de Gastos suscrita por el Presidente y el Tesorero de la Federación Deportiva Militar del Perú; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

Que, de acuerdo con la hoja de gastos suscrita por el Presidente y el Tesorero de la Federación Deportiva Militar del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y el financiamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuarán con cargo a la subvención que recibe FEDEMILPE de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, asimismo, conforme a la subvención otorgada a la Federación Deportiva Militar del Perú a través del Comprobante de Pago Nº 0000006924, emitido por la Marina de Guerra del Perú, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación oportuna del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, mediante el Informe Legal Nº 00750-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero David Hernán TERRONES LAFOSSE, Jefe de Delegación; del señor Edgard Ciriano CAMARGO TANTAS, Entrenador; y, del Teniente EP Shian Poul Italo NAVARRO CORNEJO, Atleta Titular; para que participen en el “27º Campeonato Mundial de Taekwondo Militar CISM”, a llevarse a cabo en la ciudad de Mungyeong, República de Corea, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Educación y Doctrina; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para participar en el “27º Campeonato Mundial de Taekwondo Militar CISM”, a llevarse a cabo en la ciudad de Mungyeong, República de Corea, del 30 de mayo al 5 de junio de 2024, así como autorizar su salida del país el 28 de mayo y su retorno el 6 de junio de 2024:

Jefe de Delegación

Teniente Primero David Hernán TERRONES LAFOSSE

DNI Nº 46788630

Entrenador

Señor Edgard Ciriano CAMARGO TANTAS

DNI Nº 09702233

Atleta Titular:

Teniente EP Shian Poul Italo NAVARRO CORNEJO

DNI Nº 74924274

Artículo 2.- La Federación Deportiva Militar del Perú – FEDEMILPE con cargo a la subvención recibida del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, efectúa los pagos que correspondan, de acuerdo a los siguientes conceptos

Pasajes aéreos: Lima – Mungyeong (República de Corea) - Lima

clase económica

US$ 3,800.00 x 3 personas (incluye importe TUUA) US$ 11,400.00

Viáticos:

US$ 500.00 x 20% x 3 personas x 7 días US$ 2,100.00

Total a pagar: US$ 13,500.00

Artículo 3.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2292167-1