Autorizan viaje de personal militar FAP a los EE.UU., en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 00471-2024-DE

Lima, 14 de mayo del 2024

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 000842-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00883-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00666-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio 0427/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación a la Subjefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que personal de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Programa de Cursos de Capacitación para el año 2024, considerando entre ellos el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC), a realizarse en la Universidad del Aire, ubicada en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 20 de mayo de 2024 al 15 de mayo de 2025;

Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 017-DEAJ 2024, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP ARMANDO MARTÍNEZ DEL RIO (titular) y del Comandante FAP JOSÉ CHRISTIAN CALDERÓN UCEDA (suplente), para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC), a realizarse en la Universidad del Aire, ubicada en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 20 de mayo de 2024 al 15 de mayo de 2025;

Que, mediante Oficio FAP N° 000309-2024-DIGED/FAP, la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP que realizarán la referida actividad, en el lugar y fechas programadas;

Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC); por cuanto, le permitirá liderar con éxito a nivel estratégico en un entorno conjunto y de coalición, exhibir los rasgos esenciales para la profesión de armas y promover el empleo estratégico de seguridad nacional, analizar de manera crítica situaciones político-militares complejas y articular claramente el pensamiento estratégico, lo cual resulta altamente favorable y beneficioso para la Institución, en vista del incremento de la productividad laboral y mejora de la calidad de servicio que prestará el referido personal en las diferentes unidades de la Institución;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 025 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones, los gastos por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000019 y N° 0000000004, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 15 de mayo de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del curso programado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Extra FAP N° 000842-2024-SECRE/FAP, la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP ARMANDO MARTÍNEZ DEL RIO (titular) y del Comandante FAP JOSÉ CHRISTIAN CALDERÓN UCEDA (suplente), para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC), a realizarse en la Universidad del Aire, ubicada en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 20 de mayo de 2024 al 15 de mayo de 2025; así como, autorizar su salida del país el 19 de mayo de 2024 y su retorno el 16 de mayo de 2025;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, con el Oficio N° 00883-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 241-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00666-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP ARMANDO MARTÍNEZ DEL RIO (titular) y del Comandante FAP JOSÉ CHRISTIAN CALDERÓN UCEDA (suplente), para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC), a realizarse en la Universidad del Aire, ubicada en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP ARMANDO MARTÍNEZ DEL RIO (titular), identificado con NSA N° 97063 y DNI N° 41101231, y del Comandante FAP JOSÉ CHRISTIAN CALDERÓN UCEDA (suplente), identificado con NSA N° 96970 y DNI N° 43322428, para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor (ACSC), a realizarse en la Universidad del Aire, ubicada en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 20 de mayo de 2024 al 15 de mayo de 2025; así como, autorizar su salida del país el 19 de mayo de 2024 y su retorno el 16 de mayo de 2025.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Gastos de traslado (ida) equipaje, bagaje e instalación

US$ 6,416.28 x 1 x 1 persona US$ 6,416.28

Compensación Extraordinaria por Servicios

en el Extranjero (20%):

US$ 6,416.28 / 31 x 12 días x 20% x 1 persona US$ 496.75

US$ 6,416.28 x 7 meses x 20% x 1 persona US$ 8,982.79

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Total a pagar: US$ 15,895.82

Artículo 4.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, tarifa única de uso de aeropuertos, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local para el participante, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido por el Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132 en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF.

Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014- EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 7.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 8.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 9.- El Oficial Superior autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2288864-1