Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 199-2024-MINEM/DM

Lima, 14 de mayo de 2024

VISTOS: El Informe N° 188-2024-MINEM-OGPP/OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0484-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales, cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; así como, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, en adelante CEPLAN, como organismo de derecho público, cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; asimismo, el sub numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo señala que el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, se encuentra integrado, entre otros, por los órganos del Gobierno Nacional;

Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1088, dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollo, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstas en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional;

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN que modifica la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, cuyo literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 establece que las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales - POI;

Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, la que es aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, que establecen pautas para, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales;

Que, el numeral 4.1 de la sección 4 de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identificación de la estrategia institucional; asimismo, en el numeral 6.2 de la sección 6 de la citada Guía señala que el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales definidas en el Planeamiento Estratégico Institucional (PEI); además, señala que la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional y programática del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF);

Que, el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 437-2018-MEM/DM, constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Energía y Minas, la cual interviene en la aplicación de las fases del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, teniendo como función, validar el documento del POI, en concordancia con la función establecida en el numeral 4.2 de la sección 4 de la Guía;

Que, mediante Acta N° 02-2024, sustentado en el Informe N° 186-2024-MINEM/OGPP-OPPIC, los integrantes de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Energía y Minas, en cumplimiento de sus funciones ha validado la propuesta del Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027, documento que contiene las Actividades Operativas y Proyectos de Inversión, la programación de metas físicas y financieras, armonizadas con el proyecto de Presupuesto Institucional y vinculados a los lineamientos estratégicos de la actual gestión;

Que, conforme al literal a), b) y e) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2017-EM y sus modificatorias, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene entre sus funciones coordinar y supervisar la formulación, el seguimiento y evaluación de los procesos de planeamiento, estadística, inversión pública, cooperación internacional, presupuesto y racionalización, de conformidad con las normas técnico - legales de los respectivos Sistemas Administrativos Nacionales; así como técnico - legales de los respectivos Sistemas Administrativos; así como, coordinar la formulación y evaluar la ejecución del plan estratégico, en coordinación con los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y con los organismos públicos descentralizados y/o empresas del Sector, en cuanto corresponda; y, dirigir, coordinar y supervisar el proceso de modernización y racionalización administrativa del Ministerio; motivo por el cual corresponde a dicha Oficina General consolidar el Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas, que contiene los objetivos y estrategias de la entidad, así como las actividades operativas que deberán ser desarrolladas por los respectivos órganos y unidades orgánicas en el período 2025-2027;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 119-2024-MINEM/DM, se aprueba la ampliación del horizonte del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Energía y Minas correspondiente al período 2020-2027; bajo los lineamientos establecidos en la Guía para el Planeamiento Institucional del CEPLAN, la misma que sirve de apoyo estratégico para la elaboración del POI Multianual;

Que, mediante Informe N° 188-2024-MINEM/OPGG-OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la propuesta del Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas, señalando que ha sido desarrollado de conformidad con lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional y las disposiciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN);

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 0484-2024/MINEM-OGAJ, señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas;

Que, resulta necesario aprobar el Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas, elaborado con la participación de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Energía y Minas; articulado con las acciones estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) ampliado del Ministerio de Energía y Minas correspondiente al período 2020-2027;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, que modifica la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”; la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027

Aprobar el Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación del Plan Operativo Institucional Multianual correspondiente al período 2025-2027 del Ministerio de Energía y Minas

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2288664-1