Designan procurador público del Poder Judicial

RESOLUCIóN N° D000312-2024-JUS/PGE-PG

San Isidro, 9 de mayo del 2024

VISTOS:

El Oficio N° 000238-2024-P-PJ y la Resolución Administrativa N° 000120-2024-P-PJ, emitidos por el Presidente del Poder Judicial; y, el Informe D000342-2024-JUS/PGE-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1326, modificado por la Ley N° 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;

Que, el numeral 6 del artículo 16 del citado decreto legislativo establece como función del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, dirigir el proceso de selección para la designación de los procuradores públicos, con excepción de los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, quienes son elegidos por los titulares de dichas entidades, por un plazo de cinco años;

Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1326 señala que las entidades públicas tienen, como órgano de defensa jurídica, una Procuraduría Pública que se constituye en el órgano especializado responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los intereses del Estado y se encuentra vinculada administrativa y funcionalmente a la Procuraduría General del Estado, a excepción de las Procuradurías Públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como las de los organismos constitucionales autónomos, que mantienen autonomía administrativa y funcional para dirigir sus respectivos procesos de selección respecto de la Procuraduría General del Estado;

Que, el artículo 32 del mencionado cuerpo normativo dispone que los procuradores públicos son designados mediante resolución del Procurador General del Estado. Por excepción, previa comunicación del titular de la entidad, los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, son designados mediante resolución del Procurador General del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326, los titulares de las entidades públicas tienen la obligación de asegurar el normal funcionamiento de las Procuradurías Públicas. Para ello tienen la obligación de implementar adecuadamente sus órganos de defensa jurídica y asegurar la asignación de los recursos logísticos necesarios para el normal desempeño de las funciones de los servidores de la Procuraduría Pública de la entidad, en particular lo referido a medios informáticos, mobiliario, etc.; lo cual se realiza con cargo a la disponibilidad presupuestal de las entidades;

Que, por su parte, los numerales 18.4 y 18.5 del artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, establecen que el procurador público o procurador público adjunto es un servidor de confianza que asumen sus funciones desde la fecha en que se publica la resolución de su designación en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución Administrativa N° 000514-2023-CE-PJ, el presidente del Consejo Directivo del Poder Judicial aprueba la Directiva N° 011-2023-CE-PJ, denominada “Gestión del Proceso de Selección de Procurador/a Público/a del Poder Judicial”-Versión 002, cuyo numeral 7.3.5 señala que “El Comité Especial de Selección formula el Cuadro de Mérito con la relación de los/las postulantes que aprobaron todas las etapas del proceso, lo publica en el portal correspondiente y eleva al Presidente del Poder Judicial, la nómina de postulantes con los puntajes aprobatorios obtenidos para que, con la potestad conferida en el artículo 31° de la Ley N° 31778, proceda a elegir dentro de los tres primeros puestos del orden de mérito a el/la Procurador/a Público/a del Poder Judicial, emitiendo la resolución correspondiente. El/La Titular del Poder Judicial comunica al Procurador General del Estado, el nombre del postulante que ha elegido, para que, mediante la resolución correspondiente proceda a su designación, conforme lo establecido por el artículo 32° de la Ley N° 31778”;

Que, con oficio de vistos, el Presidente del Poder Judicial remite la Resolución Administrativa N° 000120-2024-P-PJ, donde resuelve comunicar a la Procuraduría General del Estado que el abogado Johan Iosif Echegaray Escalante es el ganador del concurso público de elección del procurador público del Poder Judicial, realizado mediante Convocatoria N° 001-2024-CE-PJ;

Que, con informe de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado señala que resulta legalmente viable la emisión del acto resolutivo por medio del cual se designe al abogado Johan Iosif Echegaray Escalante como procurador público del Poder Judicial, al ser una atribución propia del Procurador General del Estado realizar dicho acto, conforme a la normativa vigente;

Que, en atención a los documentos y consideraciones antes mencionados, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto Legislativo N° 1326;

Con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326 que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; la Ley N° 31778, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1326; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; y, con la Directiva N° 011-2023-CE-PJ, denominada “Gestión del Proceso de Selección de Procurador/a Público/a del Poder Judicial”-Versión 002, cuya aprobación fue formalizada por Resolución Administrativa N° 000514-2023-CE-PJ;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Designar al abogado Johan Iosif Echegaray Escalante como procurador público del Poder Judicial.

Artículo 2.- Obligatoriedad de brindar las facilidades logísticas

Disponer que el presidente del Poder Judicial implemente adecuadamente su órgano de defensa jurídica y asegure la asignación de los recursos logísticos necesarios para el normal desempeño de las funciones del procurador público que ha sido designado en el artículo 1 de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER ALONSO PACHECO PALACIOS

Procurador General del Estado

2287428-1