Aprueban plazos con los que la persona nacional debe tramitar la atención del Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia y los canales de atención

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000100-2024-MIGRACIONES

Breña, 6 de mayo del 2024

VISTOS:

El Memorando Nº 004398-2024-DIROP-MIGRACIONES de la Dirección de Operaciones; el Informe Nº 000090-2024-DIROP-UFCOA-MIGRACIONES de la Unidad Funcional de Control de Operaciones de Atención; el Memorando Nº 001711-2024-OPP-MIGRACIONES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000136-2024-UMGC-MIGRACIONES de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad; el Informe Nº 000287-2024-OAJ-MIGRACIONES de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Acta Nº 06-2024-CONSEJO DIRECTIVO DE MIGRACIONES, Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria, del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior; señalando en su artículo 2 que, MIGRACIONES tiene competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza, coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento;

Que, conforme lo dispone el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES, el Despacho de el/la Superintendente Nacional ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad;

Que, el artículo 8 del citado Texto Integrado señala que, el Consejo Directivo es el órgano máximo de MIGRACIONES; mientras que el literal “d” de su artículo 9, añade que dicho Consejo tiene como función, entre otras, la de aprobar los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones, Texto Único de Procedimientos Administrativos y demás documentos de gestión institucional, para su aprobación por la entidad correspondiente;

Que, el artículo 34 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017-IN, precisa que MIGRACIONES, mediante resolución del titular de la entidad determina el plazo con el que la persona nacional debe tramitar la atención y el/los canal/es de atención del Procedimiento administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia;

Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LAPG) prescribe lo siguiente: “Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo.”;

Que, mediante el Memorando Nº 004398-2024-DIROP-MIGRACIONES y el Informe N° 000090-2024-DIROP-UFCOA-MIGRACIONES, la Dirección de Operaciones señala, sobre el Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8); que es pertinente incrementar los canales de atención a través de dieciséis (16) Jefaturas Zonales; y propone que, la agencia desconcentrada del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez atienda a aquellas personas nacionales que deban salir del país dentro de las ocho (8) horas siguientes a su solicitud; y que, las demás sedes de MIGRACIONES atiendan a aquellas personas nacionales que deban salir del país dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su solicitud. Asimismo, precisa que corresponde incorporar en los canales de atención establecidos en el TUPA de MIGRACIONES del Procedimiento Administrativo Expedición de pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES (PA3500E7B9) a la nueva Sede de expedición de pasaporte electrónico en el Centro MAC Ancash;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando
Nº 001711-2024-OPP-MIGRACIONES remite el Informe Nº 000136-2023-UMGC-MIGRACIONES de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, en el cual señala que es viable lo propuesto por la Dirección de Operaciones sobre los plazos y canales de atención del Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8) y la nueva sede (Centro MAC Ancash) de expedición del Procedimiento Administrativo Expedición de pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES (PA3500E7B9);

Que, con Acuerdo Nº 10-2024 del Acta Nº 06-2024-CONSEJO DIRECTIVO DE MIGRACIONES, Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria, de fecha 3 de mayo de 2024, los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones adoptan por unanimidad, aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de MIGRACIONES, conforme lo solicitado por la Dirección de Operaciones y delegar al Despacho de Superintendencia las gestiones administrativas para la emisión del acto resolutivo correspondiente;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 000287-2024-OAJ-MIGRACIONES, opina que, es jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Superintendencia por el cual se modifique, en el marco de la simplificación administrativa, la descripción, requisitos y lugares de pago de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la Superintendencia Nacional de Migraciones;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Dirección de Operaciones; así como de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los plazos con los que la persona nacional debe tramitar la atención del Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8), los que quedan fijados de la siguiente manera:

a) La agencia desconcentrada del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez atenderá a aquellas personas nacionales que deban salir del país dentro de las ocho (08) horas previas a la hora de su vuelo.

b) Las demás sedes de MIGRACIONES atenderán a aquellas personas nacionales que deban salir del país dentro de los dos (2) días hábiles previos a la fecha de vuelo.

Artículo 2.- Aprobar los canales de atención en los que las personas nacionales deben tramitar la atención del Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8), los que quedan fijados de la siguiente manera:

Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8)

JZ

SEDES

Dirección

Horario

1

AREQUIPA

MAC AREQUIPA

Av. Porongoche N° 500, 2do Nivel, Paucarpata, Arequipa

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

2

CALLAO

MAC CALLAO

Centro Comercial Mall Aventura Plaza de TI 04B, Av. Óscar R. Benavides 3866. Callao, Callao.

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

MAC VENTANILLA

Municipalidad de Ventanilla. Av. La Playa s/n, Alt. de la Urb. Zona Comercial, frente a la Plaza Cívica, Ventanilla, Callao

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

AG.DESC. AIJCH

Av. Elmer Faucett s/n, Callao

Lunes a domingo - 24 horas continuas

3

CHICLAYO

JZ CHICLAYO

Calle La Plata 030-Urb. San Eduardo, Chiclayo

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

MAC CAJAMARCA

Centro Comercial Real Plaza – 2do piso, Av. Evitamiento Norte Lote 1A Barrio San Antonio, Cajamarca.

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

4

CHIMBOTE

MAC ANCASH

Centro Comercial Megaplaza Chimbote (Nivel 2), Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 2964, Chimbote, Santa, Áncash

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

5

CUSCO

MAC CUSCO

Av. Collasuyo 2964, Cusco

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

6

HUANCAYO

JZ HUANCAYO

Av. Giráldez N° 691, Huancayo – Junín

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

7

IQUITOS

MAC LORETO

MAC Loreto. Av. La Marina 1338 (Terminal de ENAPU) distrito de Punchana. Provincia de Maynas, Departamento de Loreto

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábado 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

8

LIMA

JZ LIMA (BREÑA)

Av. España 734 - Breña, Lima.

Lunes desde las 06:30 a.m. hasta el sábado a la 02:00 p.m. (horario de corrido)

MAC LIMA NORTE (COMAS)

Centro Comercial Mall Plaza de Comas - Sótano 1. Av. Los Angeles Urb. El Álamo, Lima

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

MAC LIMA ESTE (SANTA ANITA)

Centro Comercial Mall Aventura Santa Anita – Nivel 2. Av. Carretera Central N° 111, Santa Anita, Lima, Lima

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

MAC LIMA SUR (SAN JUAN DE MIRAFLORES)

Centro Comercial Open Plaza Atocongo. Av. Circunvalación N° 1801 San Juan De Miraflores, Lima

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

AG.DESC. LA MOLINA

Av. Ricardo Elías Aparicio N° 740, urbanización Las Lagunas de La Molina

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

AG. DESC. PURUCHUCO

Centro Comercial Real Plaza Puruchuco, Av. Prolongación Javier Prado 8680, Ate - Lima

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m.

9

PIURA

MAC PIURA

Centro Comercial Real Plaza – Nivel 1, Av. Sánchez Cerro N° 234, Piura, Piura

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

10

PUCALLPA

MAC HUÁNUCO

Jr. Independencia N° 1601 C.C. Real Plaza - Huánuco - Huánuco

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / Sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

MAC UCAYALI

Centro Comercial Real Plaza Pucallpa – Nivel 2. Av. Centenario N° 1642, Yarinacocha, Coronel Portillo, Ucayali.

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

11

PUERTO MALDONADO

JZ PTO. MALDONADO

Jr Lambayeque N° 140 - Puerto Maldonado

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

12

PUNO

JZ PUNO

Jr. Ayacucho 270-280 - Puno, Puno

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

13

TACNA

JZ TACNA

Av. Circunvalación Sur S/n - Urb. El Triángulo, Tacna

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

14

TARAPOTO

JZ TARAPOTO

Jr. Ramírez Hurtado 433, Tarapoto

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

15

TRUJILLO

JZ TRUJILLO

Av. Larco N°1216 y Psje. Las Torcazas N°1209 Urb. Los Pinos, Trujillo

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

MAC LA LIBERTAD

Centro Comercial Real Plaza Trujillo – Nivel 2. Av. Cesar Vallejo Oeste N° 1345, Trujillo, Trujillo

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados s 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

16

TUMBES

JZ TUMBES

AV. Tumbes Norte N°1751- Tumbes

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

Artículo 3.- Modificar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2023-IN y sus modificatorias, en el marco de la simplificación administrativa y en atención a lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Resolución de Superintendencia las Sedes y horarios de atención del Procedimiento Administrativo de expedición del pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES para casos de urgencia (PA3500D2E8).

Artículo 4.- Actualizar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2023-IN y sus modificatorias, respecto de las Sedes y horarios de atención del Procedimiento Administrativo Expedición de pasaporte electrónico ordinario de la siguiente manera:

Procedimiento Administrativo Expedición de pasaporte electrónico ordinario emitido por MIGRACIONES (PA3500E7B9)

Jefatura Zonal

SEDES

Dirección

Horario

1

AREQUIPA

MAC AREQUIPA

Av. Porongoche N° 500, 2do Nivel, Paucarpata, Arequipa

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

2

CALLAO

MAC CALLAO

Centro Comercial Mall Aventura Plaza de TI 04B, Av. Óscar R. Benavides 3866. Callao, Callao.

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

MAC VENTANILLA

Municipalidad de Ventanilla. Av. La Playa s/n, Alt. de la Urb. Zona Comercial, frente a la Plaza Cívica, Ventanilla, Callao

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

AG.DESC. AIJCH

Av. Elmer Faucett s/n, Callao

Lunes a domingo - 24 horas continuas

3

CHICLAYO

JZ CHICLAYO

Calle La Plata 030-Urb. San Eduardo, Chiclayo

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

MAC CAJAMARCA

Centro Comercial Real Plaza – 2do piso, Av. Evitamiento Norte Lote 1A Barrio San Antonio, Cajamarca.

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

4

CHIMBOTE

MAC ANCASH

Centro Comercial Megaplaza Chimbote (Nivel 2), Av. Víctor Raúl Haya de la Torre N° 2964, Chimbote, Santa, Áncash

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

5

CUSCO

MAC CUSCO

Av. Collasuyo 2964, Cusco

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

6

HUANCAYO

JZ HUANCAYO

Av. Giráldez N° 691, Huancayo – Junín

Lunes - viernes 08:00 a.m. a 17:00 p.m. / sábados 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

7

IQUITOS

MAC LORETO

MAC Loreto. Av. La Marina 1338 (Terminal de ENAPU) distrito de Punchana. Provincia de Maynas, Departamento de Loreto

Lunes - viernes 08:30 a.m. a 05:30 p.m / sábados 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

JZ LIMA (BREÑA)

Av. España 734 - Breña, Lima.

Lunes desde las 06:30 a.m. hasta el sábado a la 02:00 p.m. (horario de corrido)

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA

Superintendente

2286245-1