Aprueban modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables para el proyecto “Central Térmica Agrolmos”, otorgada a favor de AGROLMOS S.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 174-2024-MINEM/DM

Lima, 26 de abril de 2024

VISTOS: El Expediente Nº 13412624 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables para la “Central Térmica Agrolmos”; la solicitud de modificación de la mencionada concesión definitiva presentada por AGROLMOS S.A.; el Informe Nº 271-2024-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00177-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 0431-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Gerencial Ejecutiva Nº 000099-2021-GR.LAMB/GEEM [3838977-18], de fecha 10 de noviembre de 2021, la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lambayeque otorgó a favor de AGROLMOS S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con RER para la “Central Térmica Agrolmos”, con una potencia instalada de 7,5 MW (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 001-2022 (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante documento con Registro Nº 3687684, de fecha 23 de febrero de 2024, AGROLMOS S.A. solicitó la modificación de la CONCESIÓN, con la finalidad de incrementar la potencia instalada de 7,5 MW a 29,8 MW;

Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables para el proyecto “Central Térmica Agrolmos”; a fin de de incrementar la potencia instalada de 7,5 MW a 29,8 MW, por la razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la minuta de la modificación al Contrato de Concesión Nº 001-2022, solicitada por AGROLMOS S.A., en lo referido a modificar la Cláusula Primera; los numerales 5.1 y 5.5 de la Cláusula Quinta; el inciso 6.2.1 del numeral 6.2 de la Cláusula Sexta; la Cláusula Séptima; la Cláusula Décimo Primera; la Cláusula Décimo Segunda; la Cláusula Décimo Tercera; el numeral 1, los literales b), c) y d) del numeral 2 y el numeral 3 del Anexo Nº 2; y el Anexo Nº 4; así como insertar los numerales 5.8 y 5.9 en la Cláusula Quinta; los incisos 6.1.8, 6.1.9 y 6.1.10 del numeral 6.1 e incisos 6.2.8, 6.2.9, 6.2.10, 6.2.11 y 6.2.12 del numeral 6.2 en la Cláusula Sexta; por la razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir en representación del Estado, la Minuta que contiene la modificación al Contrato de Concesión Nº 001-2022 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente o cualquier minuta aclaratoria que se requiera.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la modificación al Contrato de Concesión Nº 001-2022, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de AGROLMOS S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2283948-1