Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000191-2024-MC

San Borja, 28 de abril de 2024

VISTOS: el Proveído N° 001526-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000572-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000432-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000645-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la norma, la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, conforme con lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva, excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, puede otorgar reconocimientos póstumos a propuesta del órgano competente de la entidad;

Que, mediante Informe N° 000432-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural -teniendo en cuenta el pedido formulado por la Dirección de Paisaje Cultural a través del Informe N° 000030-2024-DPC-DGPC-VMPCIC-CMP/MC- propone otorgar, en forma póstuma, la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor ROBERTO MAMANI CCORI en mérito de que fue un gran impulsor de las expresiones culturales del distrito de Cuyocuyo, cuyas acciones de revitalización, recuperación y revaloración han significado una dinamización importante sobre los valores culturales del distrito a nivel local, regional y nacional, representado en la declaratoria del Ayarachi de Cuyocuyo; habiendo contribuido, además, a reseñar las prácticas asociadas al territorio, plasmada en la declaratoria de Patrimonio Cultural de Nación del Paisaje Cultural Cuyocuyo, a través de la Resolución Viceministerial N° 000016-2024-VMPCIC/MC;

Que, a través del Informe N° 000432-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en la evaluación, análisis y conclusiones del Informe N° 000038-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-PCM/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emite opinión favorable respecto de la distinción póstuma a la persona propuesta por la Dirección de Paisaje Cultural;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con el Informe N° 000572-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en el Informe N° 003222-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción póstuma al señor Roberto Mamani Ccori;

Que, el señor Roberto Mamani Ccori, fue un profesor comunero, agricultor, artista y músico de gran talento que mantenía los saberes ancestrales de Cuyocuyo. Desde el año 1957 se inició como profesor reemplazante de educación primaria en la Comunidad Campesina de Patambuco por cortos periodos, luego en Sandia, Yanhuaya y San Juan de Oro. Posteriormente, es titularizado en la Comunidad de Jatun Yanamayu (selva puneña), luego pasando a integrarse en la escuela de la Comunidad Campesina de Puna Ayllu, finalmente, acude a laborar en la escuela primaria de Cuyocuyo hasta su jubilación, siendo reconocido como un maestro con dócil pedagogía y con un fervor de exigencia frente a sus alumnos. En cada centro donde ha laborado hizo edificar escuelas o aulas en busca de aportar a la comunidad escolar, inculcó a sus alumnos la pasión por la cultura y creó elencos en representación de sus instituciones educativas;

Que, asimismo, el señor Roberto Mamani Ccori fue un referente de la música tradicional de Cuyocuyo, se consolidó como un destacado artista, intérprete de varios instrumentas de la región, compositor con gran creatividad para diferentes estilos musicales de tradición oral, un apasionado coreógrafo de expresión y movimiento corporal, así como entendido de la teoría musical;

Que, el señor Roberto Mamani Ccori, fue uno de los fundadores del Centro Cultural Ayarachis de Ura Ayllu, creado en el año 1988, con la finalidad de revitalizar, rescatar, desarrollar y difundir los valores socioculturales y cosmovisión andina de la región quechua y otras culturas originarias, convirtiéndose así en el impulsor de una generación de cuyocuyeños entusiastas que contribuyen a la recopilación de información;

Que, el señor Roberto Mamani Ccori, obtuvo los siguientes reconocimientos: (i) Diploma de honor al mérito por su labor ejemplar a favor de la educación, otorgado por el Consejo Distrital de Cuyocuyo el año 1986; y (ii) Distinción Personaje notable del distrito de Cuyocuyo por su aporte en el ámbito cultural educativo y social para el progreso del distrito, otorgado por la Municipalidad Distrital de Cuyocuyo el año 2015;

Que, el señor Roberto Mamani Ccori, falleció el 20 de enero de 2022 y pasó a integrar la memoria colectiva de las comunidades campesinas de Cuyocuyo, como agente trascendental en la recuperación y difusión de los valores culturales de Cuyocuyo que permitieron su reconocimiento a nivel nacional;

Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura de forma póstuma al señor ROBERTO MAMANI CCORI por haber sido un gran impulsor de las expresiones culturales del distrito de Cuyocuyo, cuyas acciones de revitalización, recuperación y revaloración han significado una dinamización importante sobre los valores culturales del distrito a nivel local, regional y nacional, representado en la declaratoria del Ayarachi de Cuyocuyo.

Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2283847-1