Ordenanza que aprueba el Esquema de Acondicionamiento Urbano EU 2023-2033 del distrito de Llacanora
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 10-2023-MDLL
Cajamarca, 12 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLACANORA
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 07 de diciembre del 2023, el Informe N° 323-2023-CDTEyGA de la MDLL, presentado par la Gerencia de Desarrollo Territorial, Económico y Gestión Ambiental y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, según La Constitución Política del Perú, Artículo 194°, modificada mediante Ley N° 27680 “Ley de La reforma Constitucional”, en aplicación de la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización” en su Artículo N°9, Ley N° 31313 “Ley de Desarrollo Urbano Sostenible” en el Artículo 7° y Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, del Título Preliminar en el Articulo II.
Que, las Municipalidades cumplen una función normativa, entre los diferentes mecanismos que, a través de Ordenanzas Municipales y de normas regionales de carácter general y especifico tienen rango de Ley dentro de su ámbito jurisdiccional. Del mismo modo tiene su sustento en el numeral 4) del Artículo 200° de La Constitución Política del Perú.
Que, según el Artículo N° 195° de la Constitución Política del Perú, dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de servicios de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo ... inc. 6. tienen competencia en “planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial”; además de inc. 8. “Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley”.
Que, es potestad de los gobiernos locales emitir normas técnicas generales en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, así como, es función especifica de las municipalidades el Planeamiento Integral del Desarrollo Local y el Ordenamiento Territorial, en el nivel provincial y distrital, de conformidad al Artículo 73° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible, en el titulo III – sistemas de Ciudades y Centros Poblados en su Artículo 10°, indica: “10.1. El SICCEP es el sistema de organización y clasificación de ciudades y centros poblados y sus ámbitos de influencia, el cual se constituye para fines de acondicionamiento y planificación sostenible del territorio nacional”. el instrumento técnico-normativo para planificación urbana seria pueblo de rango 7°, “c) El Esquema de Acondicionamiento Urbano - EU: Para Villas, Pueblos y Caseríos identificados en el SICCEP. Se orienta para pueblos urbanos con población entre 1,001 y 2,000 habitantes.
Así mismo, de acuerdo a la Ley N° 31313 “Ley de Desarrollo urbano Sostenible” en el Artículo 7. “Atribuciones y obligaciones de los gobiernos locales en materia de desarrollo urbano. Sin perjuicio de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, le corresponde a los Gobiernos locales las siguientes atribuciones y obligaciones:
Artículo 31. Planes urbanos distritales.
“Las Municipalidades Distritales, ya sea que integren o no un área metropolitana, en el ámbito de su jurisdicción mediante ordenanza municipal pueden aprobar Planes Urbanos Distritales ...”, EU para el Distrito de Llacanora.
Que, con INFORME TECNICO N° 323-2023-GDTEyGA-MDLL de fecha 30 de noviembre del 2023, el Gerente de Desarrollo Territorial Económico y Gestión Ambiental, sustenta la aprobación del Esquema de Acondicionamiento Urbano de Llacanora 2023-2033, por cumplir el procedimiento de convocatoria, validación y presentación del instrumento técnico normativo indicado, de acuerdo a lo establecido en Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Sostenible.
Que, estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal Distrital de Llacanora, por UNANIMIDAD, emite la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL
QUE APRUEBA EL ESQUEMA DE ACONDICIONAMIENTO URBANO (EU)
DEL DISTRITO DE LLACANORA 2023-2033.
Artículo Primero.- APROBAR el Esquema de Acondicionamiento Urbano EU 2023-2033 del Distrito de Llacanora.
a. DIAGNÓSTICO URBANO
• Análisis Externo.
• Análisis Interno.
- Administración y Gerencia
- Logística e infraestructura
- Planificación Territorial
- Finanzas y contabilidad
- Recursos Humanos y cultura
- Sistemas de Información
- Tecnología y desarrollo
• Recolección de Información
- La Provincia de Cajamarca
- El Distrito de Llacanora y la ciudad de Cajamarca
- Aspectos socio- demográfico
- Aspecto económico- productivo
- Aspecto económico
- Aspecto socio- culturales de la población de Llacanora
- Relaciones económico espaciales y perspectivas de desarrollo
• Proceso estratégico
- Análisis foda
• Balance de posibilidades de cambio
- Perspectivas de cambio
- Procesos
- Aspectos financiero
b. PROPUESTA URBANA
• Políticas y desarrollo urbano Sostenible
- Propuestas generales
- Políticas para promover el desarrollo urbano local sostenible
• Propuesta urbana
- Densificación y expansión urbana
- Zonificación general
- Habilitación urbana
- Equipamiento urbano
- Propuesta vial
- infraestructura de servicios básicos
- Seguridad en la ciudad y protección ambiental
- Administración e implementación del EU 2023-2033
• Normas urbanísticas
- Normas de edificación
- Normas técnicas de zonificación
- Sistema vial
- Normas de habilitación urbana
- Normas de control urbano - rural y ambiental
- Reglamento del EU del distrito de Llacanora 2023-2033
PROYECTOS DE GESTIÓN URBANA INTEGRAL
• Marco para la inversión
• Proyectos de inversión urbana
• Proyectos de gestión urbana según tipología
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial, Económico y Gestión Ambiental, Gerencia de Infraestructura y Proyectos, Gerencia de administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital de Llacanora, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Llacanora, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial el peruano; y a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación en la página WEB de la institución.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ WILFREDO QUILICHE QUIROZ
Alcalde
2282395-1