Aprueban la nueva denominación de la plataforma “Síguelo” a “Síguelo Plus”
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 00055-2024-SUNARP/SN
Lima, 22 de abril de 2024
VISTOS:
El Informe Técnico N° 052-2024-SUNARP/DTR del 16 de abril de 2024, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 677-2024-SUNARP/OPPM del 18 de abril de 2024 y el Memorándum Circular N° 006-2024-SUNARP/OTI del 18 de abril de 2024, de la Oficina de Tecnologías de la Información; y, el Informe N° 333-2024-SUNARP/OAJ del 19 de abril de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se dispone de un régimen jurídico para el uso y adopción de tecnologías digitales en la administración pública con la finalidad de prestar servicios digitales seguros y sencillos que generen valor para el ciudadano;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, se establece como uno de sus principios, a los servicios digitales centrados en las personas, definiéndolos como aquellos servicios digitales creados, diseñados y desarrollados para responder las demandas y necesidades de la ciudadanía, buscando asegurar la generación de valor público;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, se establece que la confianza digital emerge como resultado de cuán veraces, predecibles, éticas, proactivas, transparentes, seguras, inclusivas y confiables son las interacciones digitales que se generan entre personas, empresas, entidades públicas o cosas en el entorno digital, con el propósito de impulsar el desarrollo de la economía digital y la transformación digital;
Que, la Directiva N° 03-2016-SUNARP/SN, aprobada por Resolución N° 038-2016-SUNARP/SN, regula la atención y expedición de información registral que no forma parte del Archivo Registral, la cual contiene entre otros, las disposiciones específicas sobre el servicio de Lectura de Título en Trámite, el cual es definido como el “acceso al documento en soporte papel o electrónico que contiene el acto o derecho inscribible presentado en cualquier oficina registral de la Sunarp, y que se encuentra en proceso de calificación por la instancia registral en tanto dure la vigencia del asiento de presentación”, servicio que actualmente se viene brindando en forma presencial;
Que, mediante Resolución N° 129-2019-SUNARP/SN, se autorizó la puesta en producción de la herramienta de consulta denominada “Síguelo” que permite conocer la trazabilidad del procedimiento de inscripción registral de títulos presentados en cualquier oficina a nivel nacional; haciendo posible acceder y descargar los asientos registrales, anotaciones de inscripción, esquelas, informes técnicos elaborados por las áreas de base gráfica registral y las resoluciones del Tribunal Registral que se generen como consecuencia del procedimiento de calificación;
Que, mediante Resolución N° 008-2021-SUNARP/SN, se autorizó el uso de la plataforma “Síguelo” para realizar el seguimiento de determinados servicios de prestación en exclusividad que brinda la Sunarp, así como de determinados servicios registrales regulados en la Directiva N° 03-2016-SUNARP/SN, asimismo, se dispone la incorporación progresiva de los demás servicios registrales regulados en la citada Directiva;
Que, en el marco de los trámites presenciales, los administrados cuentan con la posibilidad de efectuar el pago a cuenta de los derechos registrales de sus títulos materia de calificación, para ello las áreas de caja de las oficinas registrales y oficinas receptoras a nivel nacional, se encuentran habilitadas para admitir dicho pago a cuenta ante la falta de emisión de la esquela de liquidación del título;
Que, con la Resolución N° 028-2024-SUNARP/SN, se aprobó el Plan de Gobierno Digital de la Sunarp 2024-2026 que tiene como uno de sus objetivos estratégicos implementar servicios digitales seguros mediante innovaciones tecnológicas que generen valor público y se centren en el ciudadano y en las partes interesadas;
Que, en ese contexto, emerge la necesidad de poner a disposición una herramienta tecnológica que permita virtualizar los servicios de lectura, así como el pago a cuenta de títulos en trámite, a fin de que por un lado el ciudadano pueda acceder con seguridad y rapidez a la documentación contenida en los títulos materia de calificación y, por otro, se facilite el pago a cuenta de estos, maximizando, en ambos casos, la simplificación y transparencia en la prestación del servicio registral;
Que, en atención a los considerandos precedentes, la Dirección Técnica Registral en su condición de Órgano de Línea de la Sunarp, mediante Informe Técnico N° 052-2024-SUNARP/DTR ha remitido la propuesta referida a la aprobación del servicio “Síguelo Plus”, señalando que la plataforma “Síguelo” es la principal fuente de consulta y seguimiento de los títulos presentados para su inscripción en el marco del procedimiento registral, es por ello que, para fines de optimizar el servicio, se ha dispuesto incorporar nuevas funcionalidades que podrán ser solicitadas por el ciudadano virtualmente, siendo: i) La lectura de título en trámite; y, ii) El pago a cuenta de título en trámite; tales mejoras incorporadas en conjunto implican, además, denominar a la plataforma de seguimiento de títulos como: “Síguelo Plus”, a efectos de lograr una mejor identificación con el ciudadano;
Que, la lectura de título en trámite desde el “Síguelo Plus” permitirá el acceso y visualización del documento electrónico que contiene el acto o derecho inscribible correspondiente a títulos en trámite presentados a través del Sistema de Intermediación Digital (SID SUNARP), y aquellos documentos presentados en soporte papel que se encuentran en el Sistema de Gestión de Títulos Digitalizados (SGTD), esta última en el marco del proceso de digitalización que progresivamente vienen implementando los órganos desconcentrados. La lectura de título en trámite se encuentra sujeta al pago de la tasa registral respectiva, sin embargo, cuando el solicitante de dicho servicio sea, además, el presentante del título materia de consulta, éste no estará sujeto al citado pago, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 66 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Para la lectura de título en trámite virtual se ha restringido el acceso al contenido de los títulos que involucren información protegida por el derecho a la intimidad y testamentos que no se encuentren ampliados, respectivamente;
Que, respecto al pago a cuenta, le permite al ciudadano realizar el abono de los derechos registrales de un título en trámite que se encuentre en calificación y observado, a través de la pasarela de pagos implementada para ello;
Que, el mencionado Plan de Gobierno Digital de la Sunarp 2024-2026 incluye al servicio gratuito de “Síguelo Plus” como uno de los principales proyectos de innovación a ser implementados en favor del ciudadano para el presente año, mediante el cual se amplían los alcances del Síguelo, virtualizando los servicios de lectura de título en trámite y pago a cuenta de título en trámite para su acceso por parte de la ciudadanía las veinticuatro (24) horas, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año;
Que, a través del Informe N° 333-2024-SUNARP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que al cumplirse con los supuestos facticos y normativos, y teniendo en cuenta la propuesta de la Dirección Técnica Registra, lo opinado por la Oficina de Tecnologías de la Información y por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que apruebe la nueva denominación de la plataforma “Síguelo”, herramienta de consulta que fue aprobada mediante Resolución N° 129-2019-SUNARP/SN a “Síguelo Plus”; asimismo, resulta viable legalmente aprobar las mejoras funcionales a la plataforma “Síguelo Plus”, las cuales permitirán al ciudadano, acceder de manera virtual a la lectura de título en trámite y el pago a cuenta de título en trámite;
Que, en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN, se establece como funciones de la Superintendencia Nacional, expedir las resoluciones de su competencia;
De conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Tecnologías de la Información, y de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la nueva denominación de la plataforma “Síguelo” a “Síguelo Plus”
Aprobar la nueva denominación de la plataforma “Síguelo” a “Síguelo Plus”, a través de la cual el ciudadano puede realizar las consultas y seguimiento de los títulos y de solicitudes de publicidad, así como acceder a las funcionalidades aprobadas en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobación de las mejoras funcionales en la Plataforma “Síguelo Plus”
Aprobar las mejoras funcionales en la plataforma “Síguelo Plus”, las cuales permitirán al ciudadano, acceder de manera virtual a:
1. La lectura de título en trámite,
2. El pago a cuenta de título en trámite.
Lo señalado en el párrafo precedente, es un medio alternativo a la lectura de título en trámite y pago a cuenta de título en trámite que se realiza de manera presencial en las oficinas registrales.
Artículo 3.- Alcances y características de las mejoras funcionales
Los alcances y características de los servicios virtuales aprobados en el artículo 2 de la presente resolución, son:
1. Lectura de título en trámite:
- Comprende los títulos presentados a través del Sistema de Intermediación Digital (SID SUNARP) y aquellos presentados en soporte papel que se encuentran en el Sistema de Gestión de Títulos Digitalizados (SGTD), con excepción de los títulos en trámite correspondientes al Registro de Testamentos y al Registro Personal.
- La visualización de los títulos provenientes del SGTD se encuentra sujeta al proceso de digitalización a cargo de la oficina registral respectiva; en caso el título materia de consulta no se encuentre digitalizado, el sistema comunicará que el acceso debe solicitarse en la oficina registral respectiva.
- La visualización del título en trámite se realiza por el tiempo de una hora, no siendo posible la impresión del mismo desde el “Síguelo Plus”.
- El presentante del título accede al servicio sin previo pago de tasa registral conforme al derecho de acceso al expediente, para tal efecto, el sistema incorpora los mecanismos de validación respectivos.
2. Pago a cuenta de título en trámite:
- El abono de los derechos registrales se realiza respecto a títulos que se encuentran en calificación u observados, con excepción de los títulos que cuentan con esquela de liquidación.
- El abono de los derechos registrales puede realizarse hasta el último día de la fecha máxima de reingreso del título.
Artículo 4.- Entrada en vigencia
La presente resolución entra en vigencia el 24 de abril de 2024.
Artículo 5.- Periodo de adaptación y mejora
Disponer un periodo inicial de adaptación y mejora del servicio “Síguelo Plus”, que culmina el 9 de mayo de 2024, a efectos de supervisar su adecuado funcionamiento, el cual estará a cargo de la Dirección Técnica Registral y de la Oficina de Tecnologías de la Información.
Artículo 6.- Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
2281843-1