Designan administrador temporal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Apoyo Financiero Arequipa en disolución

RESOLUCIÓN SBS Nº 01471-2024

Lima, 19 de abril de 2024

El Superintendente de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones (a.i.)

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 00275-2024, notificada el 25 de enero del 2024, esta Superintendencia dispuso el sometimiento al Régimen de Intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Apoyo Financiero Arequipa (en adelante, Coopac Apoyo), por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, prevista en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General);

Que, mediante Resolución SBS Nº 00745-2024, notificada el 29 de febrero del 2024, esta Superintendencia dispuso la exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de la Coopac Apoyo, y declaró su disolución;

Que, conforme a lo señalado en el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución SBS Nº 00745-2024, se designó a la señora Gisela Rosa Neyra Quispe, identificada con DNI Nº 72679728, y a la señora Pierina Alvisy Llanos Romero, identificada con DNI Nº 70042070, como administradoras temporales, principal y alterna respectivamente, para que indistintamente cualquiera de ellas, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la Coopac Apoyo, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables;

Que, este Organismo de Supervisión y Control ha determinado dejar sin efecto la designación de las administradoras temporales principal y alterna de la Coopac Apoyo en disolución, realizada mediante la Resolución SBS Nº 00745-2024;

Que, a efectos de garantizar la continuidad de las acciones correspondientes durante el régimen de disolución de la Coopac Apoyo, resulta necesario designar a quien actuará como administrador temporal, en representación de esta Superintendencia, en reemplazo de los designados previamente;

Con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley General y la Ley Nº 30822;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de la señora Gisela Rosa Neyra Quispe, identificada con DNI Nº 72679728, y de la señora Pierina Alvisy Llanos Romero, identificada con DNI Nº 70042070, como administradoras temporales, principal y alterna respectivamente, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Apoyo Financiero Arequipa en disolución.

Artículo Segundo.- Designar al señor Fernando Raúl Sorloza Arévalo, identificado con DNI Nº10306460, como administrador temporal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Apoyo Financiero Arequipa en disolución para que, en representación de esta Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de esta, otorgándoles las facultades detalladas en el artículo cuarto de la Resolución SBS Nº 00745-2024.

Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP (a.i.)

2281703-1