Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Listado de Rutas para la autorización del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional por insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 173-2024-MTC/01.02

Lima, 15 de abril de 2024

VISTOS: Los Memorandos Nros. 0411-2024-MTC/17 y 0435-2024-MTC/17 de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, los Informes Nros. 0135-2024-MTC/17.02, 0137-2024-MTC/17.02 y 0145-2024-MTC/17.02 de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional; asimismo, ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y gobiernos locales, entre otras, en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance regional y local, así como en circulación y tránsito terrestre;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; asimismo, el artículo 16 de la citada Ley señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31096, Ley que precisa los alcances de la Ley N° 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos (en adelante, Ley N° 31096), establece, entre otros, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC), autoriza el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional, entre ciudades de provincias ubicadas en distintas regiones;

Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2022-MTC, se aprueba el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo (en adelante, Reglamento), que tiene por objeto regular el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31096;

Que, el numeral 12.2 del artículo 12 del Reglamento establece que el MTC y los gobiernos regionales aprueban el listado de rutas en las que, por ausencia o insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos de categoría M3, resulte viable autorizar el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional e interprovincial, respectivamente, de acuerdo con los lineamientos que apruebe el MTC mediante Resolución Directoral; añadiendo que las municipalidades provinciales autorizan el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos de ámbito interdistrital de acuerdo con su plan regulador de rutas;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento dispone que el MTC aprueba mediante Resolución Ministerial el listado de rutas a que se refiere el numeral 12.2 del artículo 12 del Reglamento; precisando que sólo se puede autorizar el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional e interprovincial en caso de insuficiencia de oferta, una vez que se apruebe el listado de rutas a que se refiere el numeral 12.2 del artículo 12 del Reglamento;

Que, en el marco de la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento, mediante Resolución Directoral N° 015-2022-MTC/18 se aprueba la Directiva N° 006-2022-MTC/18 “Directiva que establece Lineamientos para determinar la insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3” (en adelante, Directiva); siendo esta posteriormente modificada con Resolución Directoral N° 12-2024-MTC/18;

Que, mediante los Memorandos Nros. 0411-2024-MTC/17 y 0435-2024-MTC/17, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes remite los Informes Nros. 0135-2024-MTC/17.02, 0137-2024-MTC/17.02 y 0145-2024-MTC/17.02 emitido por la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre, mediante el cual sustenta la necesidad de aprobar el listado de rutas en las que, por insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos de categoría M3, se puede autorizar el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional; dado que han considerado pertinente evaluar los centros poblados de los veinticuatro (24) departamentos del Perú para proceder a organizarlos en cuatro (4) macrorregiones, considerando la agrupación de los departamentos colindantes y tomando en cuenta la cantidad de rutas que presenta cada centro poblado en los departamentos y dividiéndolos de acuerdo a su origen y destino; en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31096, en la Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento y en la Directiva;

Que, en ese contexto, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes ha elaborado el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Listado de Rutas para la autorización del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional por insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3; recomendando su publicación a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general;

Que, de acuerdo al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el diario oficial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 010-2018-MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01, establece que mediante resolución ministerial publicada en el diario oficial “El Peruano” se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente;

Que, el último párrafo del numeral 7.1.4 de la sección VIII de la Directiva establece que el Listado de Rutas se publica como proyecto de Resolución Ministerial o como Proyecto de Ordenanza Regional, según corresponda, como medida de consulta pública; recomendando igualmente realizar la socialización de la misma, explicando la metodología y resultados hallados;

Que, en ese sentido, es necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Listado de Rutas para la autorización del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional por insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3, por el plazo de quince (15) días hábiles, a fin de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 “Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos”, aprobada por Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01, la Directiva N° 006-2022-MTC/18 “Directiva que establece Lineamientos para determinar la insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3”, aprobada por Resolución Directoral N° 015-2022-MTC/18, modificada por Resolución Directoral N° 12-2024-MTC/18; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto

Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Listado de Rutas para la autorización del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional por insuficiencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”, con el objeto de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Ministerial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203, Cercado de Lima, o a la dirección electrónica: consultas_dstt@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2279686-1