Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, para el financiamiento del Fortalecimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado
resolución ministerial
N° 0085-2024-JUS
Lima, 8 de abril de 2024
VISTOS, el Informe Nº 0151-2024-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° 242-2024-JUS/OGA-OFIN, de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 356-2024-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y con Resolución Ministerial N° 0397-2023-JUS, del 19 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 611,946,857.00 (SEISCIENTOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);
Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024 se modifica la Centésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autorizando al Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, durante el Año Fiscal 2024, a incorporar los Saldos de Balance de los recursos provenientes de las transferencias financieras realizadas en el marco de lo dispuesto en el inciso x) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, entre otros, hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), para ser destinados al financiamiento del Fortalecimiento del sistema de defensa jurídica del Estado;
Que, asimismo, en la Disposición Complementaria Modificatoria señalada en el considerando precedente, se autoriza al Pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, durante el Año Fiscal 2024, a realizar transferencias financieras a favor del Pliego Procuraduría General del Estado para el Fortalecimiento del sistema de defensa jurídica del Estado, con cargo a los recursos provenientes de las transferencias financieras recibidas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el marco de lo dispuesto en el inciso x) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0081-2024-JUS, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de dicho Pliego, entre otros, hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, para el financiamiento del Fortalecimiento del sistema de defensa jurídica del Estado, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024;
Que, mediante el Oficio N° D000198-2024-JUS/PGE-GG, la Procuraduría General del Estado remite el Informe N° D000080-2024-JUS/PGE-OPPM, de su Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el que se sustenta la solicitud de una transferencia financiera, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024, hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), con la finalidad de garantizar el fortalecimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú;
Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe N° 0151-2024-JUS/OGPM, emite opinión favorable para que el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos efectúe una transferencia financiera hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, a favor del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, para el financiamiento del Fortalecimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto de Urgencia N°006-2024, Decreto de Urgencia que Establece Medidas Extraordinarias en Materia Económica y Financiera para la Sostenibilidad Fiscal, el Equilibrio Presupuestarios y la Eficiencia del Gasto Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera con cargo al presupuesto del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, para el financiamiento del Fortalecimiento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, en el marco de lo dispuesto de la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024.
Artículo 2.- La autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la Fuente de Financiamiento: 4. Donaciones y Transferencias, Unidad Ejecutora: 001. Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración; Categoría Presupuestal: 9001. Acciones Centrales, Actividad: 5000007. Defensa Judicial del Estado, Función: 06. Justicia, División Funcional: 018. Seguridad Jurídica, Grupo Funcional: 0039. Defensa de los Derechos Constitucionales y Legales, Meta: 0209. Defensa Judicial del Estado, Específica del gasto 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional; hasta por la suma de S/ 20 000 000.00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES).
Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2277446-1