Aprueban el Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Madre de Dios
resolución ministerial
Nº 0073-2024-MIDAGRI
Lima, 4 de abril de 2024
VISTOS:
El Oficio Nº D000170-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico N° D000058-2024-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR; y el Informe N° 0321-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), prescribe que el MIDAGRI ejerce competencia, entre otros, en materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería, recursos forestales y su aprovechamiento sostenible, flora y fauna silvestre, sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividades agrarias;
Que, el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y establece que es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre; y se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito;
Que, el artículo 25 de la citada Ley, dispone que por la zonificación forestal se delimitan obligatoria, técnica y participativamente las tierras forestales. Los resultados de la zonificación forestal definen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre y se aplican con carácter obligatorio, siendo sustento del ordenamiento forestal, el cual es parte del ordenamiento territorial;
Que, asimismo, el artículo 26 de la referida Ley, prescribe que, la zonificación forestal constituye un proceso obligatorio técnico y participativo de delimitación de tierras forestales, que se realiza en el marco del enfoque ecosistémico y siguiendo la normativa sobre la zonificación ecológico-económica, en lo que corresponda, considerando los procesos en marcha, los instrumentos de planificación y gestión territorial regional con los que se cuente y respetando los usos y costumbres tradicionales de las tierras comunales, conforme a la Constitución Política del Perú y la ley;
Que, el artículo 33 de la citada Ley, modificado por la Ley Nº 31973, establece que, la zonificación forestal es aprobada mediante resolución ministerial del MIDAGRI, a propuesta del SERFOR en base al expediente técnico elaborado por el Gobierno Regional y con opinión previa del Ministerio del Ambiente-MINAM;
Que, al amparo del artículo 27 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el SERFOR mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE aprobó la Guía Metodológica de Zonificación Forestal con el objetivo de orientar el desarrollo de los procesos de zonificación forestal a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de zonificación forestal, generando un proceso dinámico, flexible, concertado, bajo los principios aplicables a la gestión forestal, establecidos en la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, así como en la Ley N° 29763;
Que, de acuerdo con el numeral 2.4 de la citada Guía, la aprobación de la zonificación forestal puede ser total, que consiste en la aprobación de todas las categorías identificadas en el ámbito de estudio, o modular, que consiste en la aprobación de varias categorías mediante módulos, en una determinada secuencia;
Que, en ese contexto, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Oficio N° 397-2023-GOREMAD/GR, remite al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), el expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Madre de Dios, para su revisión y posterior aprobación;
Que, a través del Oficio N° 00014-2024-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente remite al SERFOR el Informe N° 00028-2024-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, que contiene la opinión previa sobre el expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Madre de Dios, concluyendo que el mismo, contiene la documentación sustentatoria del proceso, las fichas técnicas de las áreas naturales protegidas así como de los ecosistemas frágiles, el mapa del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Madre de Dios, y finalmente la base datos cartográfica en formato geodatabase, por lo que, emite la conformidad para continuar con la aprobación respectiva, según lo establecido en el marco normativo vigente:
Que, el SERFOR, en aplicación del Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de Zonificación Forestal aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 268-2018-MINAGRI-SERFOR/DE, mediante el Informe Técnico N° D000058-2024-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO elaborado por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, señala que de acuerdo a la revisión de la información contenida en el expediente técnico de la zonificación forestal del departamento de Madre de Dios, por un total de 4,914,563. 85 ha, conformado por : a) categoría de Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE) en 3,840,252.46 ha de Áreas Naturales Protegidas (ANP) y 204,193.43 ha de Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB); y b) Categoría de Zona de Tratamiento Especial (ZTE), en 870,117.97 ha de Reservas de Tierras para Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento o Contacto Inicial, concluyendo que es técnicamente viable y recomienda su aprobación mediante la emisión de la resolución ministerial correspondiente;
Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Madre de Dios, con un total de 4,914,563. 85 hectáreas, que corresponde a la: a) categoría de Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE) conformada por 3,840,252.46 hectáreas de Áreas Naturales Protegidas (ANP) y 204,193.43 hectáreas de Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB); y b) Categoría de Zona de Tratamiento Especial (ZTE), con 870,117.97 hectáreas de Reservas de Tierras para Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento o Contacto Inicial, de acuerdo con el expediente técnico que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2276530-1