Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 2 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

DE CONSEJO DIRECTIVO

N° 00030-2024/CEPLAN/PCD

Lima, 2 de abril de 2024

VISTO: El Proveído N° 000790-2024-CEPLAN-DE, de la Dirección Ejecutiva, el Acta Nº 002-2024-CEPLAN/CPE, de la Comisión de Planeamiento Estratégico, el Informe N° 000034-2024-CEPLAN-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00063-2024-CEPLAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo n° 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, los literales a) y b) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, señalan como funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), elaborar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, respectivamente;

Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, de conformidad con los numerales 21 y 22 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sinaplan”; aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 21-2024/CEPLAN/PCD, el PEI orienta la gestión estratégica de la entidad para lograr objetivos de nivel de resultado, en el marco de sus funciones, mientras que el POI comprende la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para implementar las acciones estratégicas institucionales establecidas en el PEI durante su horizonte temporal;

Que, el numeral 4.1 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, señala que cada Pliego del Sector Público elabora un Plan Estratégico Institucional (PEI) y un Plan Operativo Institucional (POI), los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; y, en particular, precisa que el Plan Operativo Institucional (POI) es el instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional establecida en el Plan Estratégico Institucional (PEI);

Que, asimismo, el numeral 6.3 del artículo 6 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” establece que cuando se modifica el Plan Estratégico Institucional (PEI) se debe modificar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual en el periodo que corresponda; señalando que si el Plan Operativo Institucional (POI) Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución;

Que, dicho numeral refiere que el Plan Operativo Institucional (POI) Anual en ejecución se modifica cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional (PEI);

Que, mediante Informe Nº 000034-2024-CEPLAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto valida y eleva el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 2, el mismo que fue aprobado mediante Acta N° 002-2024-CEPLAN/CPE de la Comisión de Planeamiento Estratégico del CEPLAN, cuyo principal cambio radica en las variaciones en el Presupuesto Institucional;

Con el visado del Director Ejecutivo, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;

De conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y su modificatoria; la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, aprobado mediante Decreto N° 046-2009-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 2 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 2, por todos los órganos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, bajo responsabilidad.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modificado versión 2, aprobado mediante la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resoluión en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Administración publique la presente resolución, así como su anexo, en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico www.gob.pe/ceplan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI

Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN

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