Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000151-2024-MC

San Borja, 2 de abril del 2024

VISTOS: el Proveído N° 002333-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000251-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000437-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, a través del Informe Nº 000251-2024-DGIA-VMPCIC/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe N° 000735-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, y el Informe N° 000026-2024-DLL-DGIA-VMPICIC-MRG/MC de la Dirección del Libro y la Lectura, emite opinión favorable para otorgar la distinción al señor Segundo Urbano Cancino Morales por su valiosa contribución a la tradición literaria tacneña y nacional;

Que, el señor Segundo Urbano Cancino Morales tiene un rol fundamental en la literatura peruana, en especial en aquella hecha desde regiones, por: i) su labor editorial al mando de revistas literarias, considerando que, a lo largo de las últimas tres décadas del siglo XX, ha publicado tres de las revistas literarias más relevantes del sur del país: Kilka, Mojinete y Parásito y huésped, en donde promovió y publicó a lo mejor de la literatura peruana: Ricardo González Vigil, José Ruíz Rosas, Roger Santivañez, Enriqueta Beleván, Giovanna Pollarolo, entre otros y hasta presentó breves muestras de poesía de otros países y traducciones y ii) la publicación de dos minuciosas antologías de literatura tacneña: Poesía en Tacna y Narrativa en Tacna, ambas publicadas en el 2018 y que representan el rescate y la actualización de la literatura hecha en la región que sirve como testimonio de un universo literario que va más allá de las voces más representativas, dando fe del trabajo de nuevos valores de la escena literaria tacneña;

Que, desde el punto de vista literario, la obra del señor Segundo Urbano Cancino Morales contribuye a la cultura por su visión y discurso poético, la expresión del poeta posee un tono desgarrador con el que se explora la naturaleza del hombre moderno, desde la idealización del amor y el progreso y desde el cuestionamiento a la forma en la que se relaciona con la sociedad, su rol especialmente a través del lenguaje. Además, el poeta se distingue por presentar a Tacna como una referencia imprescindible, rindiendo homenaje a todos aquellos elementos que configuran el olvido, siendo el desierto representado la mayoría de las veces por el páramo andino, un personaje fundamental en su obra;

Que, entre los reconocimientos obtenidos, el señor Segundo Urbano Cancino Morales cuenta con el Segundo Premio en el Concurso Nacional de Poesía y Cuento José María Arguedas en 1970;

Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor SEGUNDO URBANO CANCINO MORALES, por su valiosa contribución a la tradición literaria tacneña y nacional.

Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2275727-1