Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000149-2024-MC
San Borja, 2 de abril del 2024
VISTOS; el Proveído Nº 002962-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000335-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 000308-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000413-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la norma, la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos;
Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;
Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, a través del Memorando Nº 000308-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en la evaluación, análisis y conclusiones del Informe N° 000178-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emite opinión favorable respecto a la distinción a la persona propuesta por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes;
Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con Informe Nº 000335-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en el Informe Nº 000380-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción de Personalidad Meeritoria de la Cultura al señor IVÁN REVATTA REZZA cantante y compositor de música ayacuchana;
Que, el señor Iván Revatta Rezza, Kiko Revatta, es compositor e intérprete de diversos temas que han ayudado a reforzar la identidad y salvaguardar la cultura ayacuchana. En 1977, gana su primer reconocimiento o galardón en el Festival Ayacucho Canta y Baila por su interpretación del musical de huaynos y carnavales ayacuchanos;
Que, le fue otorgado el título de “La Voz Señorial de Huamanga” por el recordado compositor César Romero Martínez, el autor del huayno “Mi Propuesta”. Este título acompaña hasta la actualidad a Kiko Revatta en sus giras nacionales; además, fue integrante del “Cuarteto Mariscal” en los inicios de su carrera artística y en la universidad integra el grupo “Los Ídolos de Huamanga”, grupo en el que realiza giras y participa en sus primeras grabaciones fonográficas. En el año 1993 realiza una gira internacional por los Estados Unidos para las comunidades peruanas;
Que, Kiko Revatta cuenta con cinco producciones discográficas basadas en ritmos ayacuchanos por lo cual es considerado, por diversos protagonistas de la música ayacuchana y andina, como uno de los cantantes y compositores más relevantes de la misma, y como uno de las piezas fundamentales en consolidación y difusión de la música folclórica peruana;
Que, su estilo musical ha permitido que el género del huayno y carnaval ayacuchano evolucione musicalmente abriendo nuevas vertientes y posibilidades tímbricas en el mismo género, en ese sentido, ha contribuido a la masificación y popularización de este género a nivel generacional;
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor IVÁN REVATTA REZZA por su aporte a la difusión de la música andina y al fortalecimiento de la identidad cultural ayacuchana.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2275726-1