Designan Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 890-2024-MP-FN

Lima, 2 de abril de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 3490-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, se resolvió, entre otros, designar a la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Fiscal Superior Titular Civil y Contencioso Administrativa de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, así como Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional; asimismo, en adición a sus funciones, se le designó como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 3565-2023-MP-FN, de fecha 20 de diciembre de 2023.

Por otro lado, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 061-2023-MP-FN-JFS, de fecha 07 de agosto de 2023, se resolvió crear la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa, con competencia en la provincia de Arequipa del Distrito Fiscal de Arequipa y la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, con competencia en la provincia de Trujillo del Distrito Fiscal de La Libertad. Asimismo, se dispuso prorrogar la vigencia de ambos despachos con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 119-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

Con oficio N.º 071-2024-MP-FN-UFEC, cursado por la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, solicita la supresión del término “en Delitos” de su designación como Coordinadora Nacional, así como en la denominación de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa y la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, toda vez que denota redundancia, dado que “delincuencia” y “delitos” expresan el mismo concepto.

A través del oficio N.º 176-2024-MP-FN-STI-NCPP, suscrito por el señor Miguel Alan Puente Harada, Secretario Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, remite el informe N.º 019-2024-MP-FN-STI-NCPP, por el que se expresa la posición de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal a su cargo, en el que se concluye que de acuerdo a los motivos señalados en el citado informe, consideran atendible lo solicitado por la señora Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, con relación a la supresión de los términos “en Delitos” en la denominación en el cargo de Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, así como, en la nomenclatura de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa y Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, por encontrarse implícitamente la terminología “en delitos” dentro de la conceptualización de Ciberdelincuencia, así como mantener el criterio de uniformidad con las denominaciones de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, en la cual se prescinde de los términos “en Delitos”.

En mérito a las atribuciones y funciones señaladas en el artículo 32 de la Ley de la Carrera Fiscal, Ley N.º 30483, el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N.º 052, y el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, el Fiscal de la Nación posee la facultad, en el marco de su gestión, de tomar decisiones que se alineen al modelo estratégico que garantice la visión y misión del Ministerio Público.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal y de acuerdo a lo señalado en el tercer y cuarto párrafo, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente mediante el cual se dé por concluida la designación de la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia y disponer su designación como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia; asimismo, modificar la denominación de los Despachos de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa y la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, de acuerdo a lo solicitado.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley N.º 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Fiscal Superior Titular Civil y Contencioso Administrativa de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, y Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 3565-2023-MP-FN, de fecha 20 de diciembre de 2023.

Artículo Segundo.- Designar a la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Fiscal Superior Titular Civil y Contencioso Administrativa de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, y Jefa de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Ciberdelincuencia, en adición a sus funciones.

Artículo Tercero.- Modificar la denominación de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de Arequipa, en Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa.

Artículo Cuarto.- Modificar la denominación de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, en Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de La Libertad.

Artículo Quinto.- Disponer la adecuación de las designaciones del personal fiscal que, a la fecha, se encuentren designados en los Despachos mencionados en el tercer y cuarto artículo.

Artículo Sexto.- Disponer que las designaciones del personal fiscal de los despachos mencionados en los artículos tercero y cuarto, tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, La Libertad y Lima Centro, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, con competencia nacional, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2275583-1