Designan Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

N° 000022

Callao, 4 de marzo de 2024

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

VISTOS:

El Memorando N° 000224-2024-GRC/GGR de fecha 26 de febrero de 2024, de la Gerencia General Regional; el Informe N° 000345-2024-GRC/ORH de fecha 26 de febrero de 2024, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 000183-2024-GRC/GAJ de fecha 29 de febrero de 2024, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”;

Que, el numeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”;

Que, el Artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, respecto al Principio de Publicidad señala: “(…) La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”;

Que, el Artículo 8° de la norma antes acotada, establece: “Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2 de la presente Ley. Dichas entidades identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. En caso de que éste no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el secretario general de la institución o quien haga sus veces (…)”;

Que, el Artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, indica como obligaciones de la máxima autoridad de la entidad: “(…) b. Designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público (…)”;

Que, el Artículo 4° de la norma antes señalada, refiere que: “(…) La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la Información (…) se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas (…)”;

Que, con Resolución Ejecutiva Regional N° 000234 de fecha 21 de septiembre de 2023, se resuelve: “ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, en adición a sus funciones, como Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS”;

Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N° 052-2024-Gobierno Regional del Callao-GGR de fecha 20 de febrero de 2024, se resuelve: “ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación del señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo del Gobierno Regional del Callao. ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor HUMBERTO MARTIN ALPISTE ARRIOLA, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo del Gobierno Regional del Callao”;

Que, a través del Memorando N° 000224-2024-GRC/GGR de fecha 26 de febrero de 2024, la Gerencia General Regional informa a la Oficina de Recursos Humanos que: “(…) mediante Resolución Gerencial General Regional N°052-2024 de fecha 20 de febrero de 2024, (…) se da por concluido la designación del señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo del Gobierno Regional del Callao. En ese sentido, es necesario dejar sin efecto lo resuelto en la Resolución Ejecutiva Regional Nº000234 de fecha 21 de setiembre de 2023 y se designe a un Funcionario Responsable de Entregar la Información que, se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud a la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por lo que, (…) se solicita se sirva brindar su opinión técnica a fin de designar en adiciones a sus funciones de jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo al señor HUMBERTO MARTIN ALPISTE ARRIOLA, como funcionario responsable de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”;

Que, mediante Informe N° 000345-2024-GRC/ORH de fecha 26 de febrero de 2024, la Oficina de Recursos Humanos respecto a la designación de funcionario responsable de transparencia y acceso a la información concluye: “4.1. Corresponde a la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario RESPONSABLE DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA del Gobierno Regional del Callao. 4.2. De considerarlo pertinente, resultaría viable designar al señor Humberto Martin Alpiste Arriola como funcionario RESPONSABLE DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en adición a sus funciones como Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo. 4.3. Asimismo, conforme a lo expuesto en el documento de la referencia, se deberá dejar sin efecto lo resuelto en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000234 de fecha 21 de setiembre de 2023”;

Que, mediante Informe N° 000183-2024-GRC/GAJ de fecha 29 de febrero de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo: “4.1(…) resulta procedente, designar al señor Humberto Martin Alpiste Arriola, Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, en adición a sus funciones como Funcionario Responsable de Entregar la Información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 4.2 Asimismo, se dé por concluida, la designación del señor Aldo Maximiliano Seminario Bravo, como funcionario responsable de entregar la información que se requiera del gobierno regional del callao, en virtud al texto único ordenado de la ley N° 27806, ley de transparencia y acceso a la información pública, aprobado mediante decreto supremo N° 021-2019-jus, efectuada mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 000234 de fecha 21 de septiembre de 2023.”

Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y en uso de las atribuciones establecidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y contando con las visaciones de la Gerencia General Regional; de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Oficina de Recursos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, como Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, efectuada mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 000234 de fecha 21 de septiembre de 2023.

Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor HUMBERTO MARTIN ALPISTE ARRIOLA, Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo, en adición a sus funciones, como Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.

Artículo Tercero.- DISPONER, se realice la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y el Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo cumpla con notificar la presente Resolución a las partes interesadas y a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS

Gobernador

HAROLD ANGULO CARDENAS

Secretario del Consejo Regional

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