Modifican el literal h del artículo tercero de la Res. Adm. N° 000099-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000104-2024-CE-PJ
Lima, 27 de marzo del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000179-2024-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica (e) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000099-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales penales transitorios; y dispuso diversas medidas administrativas, a partir del 1 de abril de 2024.
Segundo. Que, al respecto, la Secretaria Técnica (e) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal informa sobre un error material en el literal h del articulo tercero de la Resolución Administrativa Nº 000099-2024-CE-PJ; por lo que solicita que se modifique ese extremo, con la finalidad de brindar un mejor servicio de justicia.
Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 460-2024 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 27 de marzo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el literal h del articulo tercero de la Resolución Administrativa Nº 000099-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el cual tendrá el siguiente texto:
“Artículo Tercero.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2024, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Del Santa, Piura, San Martín, Selva Central, Tumbes y Ucayali:
(…)
h. Redistribuir de manera aleatoria y equitativa, la cantidad total de 90 expedientes del 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del distrito y provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, hacia el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia.
(…)”
Artículo Segundo.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2274725-1