Modifican la R.M. Nº 077-2022-PCM, que crea la “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 087-2024-PCM

Lima, 27 de marzo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 077-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer el diálogo entre las autoridades del Poder Ejecutivo, el Gobierno Regional de Junín, las autoridades locales, la sociedad civil del distrito de Morococha, provincia de Yauli del departamento de Junín, y la empresa Minera Chinalco Perú S.A., que permita culminar el proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha;

Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 077-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 084-2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 01 de abril de 2024;

Que, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, pese a los esfuerzos desplegados por los miembros del Grupo de Trabajo, se encuentra pendiente de atención cinco (05) compromisos asumidos en el marco del citado órgano colegiado; por lo que, persiste la necesidad de continuar con las acciones y medidas orientadas a la solución de la problemática vinculada al proceso de reasentamiento poblacional de Morococha, y continuar promoviendo la suscripción del Convenio Marco entre la sociedad civil del distrito de Morococha y la empresa Minera Chinalco Perú S.A;

Que, en este sentido, la referida Secretaría, a solicitud de la Presidencia del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 077-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 084-2023-PCM, a efecto de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 01 de abril de 2025, a fin de que cumpla con su objeto y funciones; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 084-2023-PCM

Modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, modificado por la Resolución Ministerial N° 084-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 11.- Período de vigencia

El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 01 de abril de 2025.”

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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