Autorizan Transferencia Financiera del Pliego Gobierno Regional Piura a favor del Pliego Municipalidad Distrital de Las Lomas, para financiar la ejecución física de proyecto de inversión

CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

N° 2132-2024/GRP-CR

Piura, 25 de marzo de 2024

VISTO:

En Sesión Extraordinaria N° 08-2024 del Consejo Regional de Piura, realizada el 25 de marzo del 2024; el Dictamen N° 06-2024/GRP-CR-CPPTyAT del 22 de marzo de 2024; el Informe N° 025-2024/GRP-CRP-ECCR del 22 de marzo de 2024; el Informe N° 0636-2024/GRP-460000 del 22 de marzo de 2024; Informe N° 047-2024/GRP-410000 del 20 de marzo de 2024, e Informe N° 048-2024/GRP-410000 del 21 de marzo de 2024; Informe N° 111-2024/GRP-410110 del 20 de marzo de 2024; Memorando N° 329-2024/GRP-400000 del 22 de marzo de 2024; Oficio N° 150-2024-MDLL/A (Hoja de Registro y Control N° 08474), del 19 de marzo de 2024 de la Municipalidad Distrital de Las Lomas; Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Las Lomas para el Financiamiento de la Ejecución del Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); y, Acuerdo de Concejo N° 011-2024-MDLL-CM de fecha 19 de marzo de 2024;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización-Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. El artículo 16° literal a) establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Articulo 76.- Transferencias Financieras. (…) 76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público”;

Que, la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, ha autorizado entre los niveles de gobierno subnacional, entre el nivel de gobierno regional y nivel de gobierno local, se realicen transferencias financieras a fin de financiar o cofinanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Esta norma en su artículo 13, modificado por la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024, publicado el 23 de marzo de 2024, establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, señala:

“Artículo 13. Transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2024

13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras, conforme se detalla a continuación:

(…)

h) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.

(…)”

Que, mediante Oficio N° 150-2024-MDLL/A (Hoja de Registro y Control N° 08474), del 19 de marzo de 2024, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Las Lomas, solicita el financiamiento para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE LAS LOMAS, DISTRITO DE LAS LOMAS, PROVINCIA PIURA-PIURA” CON CUI N° 2327417-II ETAPA; asimismo remite el Acuerdo de Concejo N° 011-2024-MDLL-CM de fecha 19 de marzo de 2024, que en su parte resolutiva indica: “AUTORIZAR a la Señora Alcaldesa de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS la suscripción de un Convenio Interinstitucional ente Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Las Lomas, Provincia y Departamento de Piura, para el financiamiento del proyecto: “Mejoramiento del servicio de Seguridad Ciudadana en la ciudad de Las Lomas, Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura-Piura” CUI 2327417-II Etapa, cuyo monto asciende a S/ 5,973,467.26 (Cinco Millones Novecientos setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y siete con 26/100 soles)”;

Que, mediante Informe N° 047-2024/GRP-410000 de fecha 20 de marzo de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión técnica respecto a la propuesta de modificación presupuestaria para transferencia financiera a Gobiernos Locales-Las Lomas; concluyendo que, de la evaluación de la información alcanzada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas, se encuentra una inversión a la espera de su transferencia financiera por el monto total de S/ 5,918,157.00 soles que corresponde a la ejecución de la II Etapa (Obra y Supervisión) del proyecto con CUI N° 2327417 aprobado por la entidad local con Resolución de Gerencia N° 049-2024-MDLL-GM, la misma que ha sido priorizada por Alta Dirección; planteándose una modificación presupuestal por el monto antes indicado con cargo a la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías Renta de Aduanas y Participaciones en el marco de la Ley N° 31953 y la Directiva N° 01-2024-EF/50.01, con cargo al saldo disponible comunicado por la Unidad Ejecutora 001: Sede Central Gerencia Regional de Infraestructura; recomendando a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones emita opinión técnica respecto a la propuesta de modificación presupuestaria para Transferencia Financiera a la Municipalidad Distrital de Las Lomas;

Que, con Informe N° 111-2024/GRP-410110 de fecha 20 de marzo de 2024, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, en mérito al Informe Técnico N° 0033-2024/NML de fecha 20 de marzo de 2024, emite opinión favorable respecto de la modificación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación con la transferencia financiera para financiar la ejecución solicitada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas en el cual se precisa que la inversión materia de anulación cumple con los Lineamientos 04 de la Directiva N° 001-2024-EF/50.01, inciso 4.1 e inciso 5.1, asimismo la inversión materia de crédito identificada con CUI 2327417, cumple con los lineamientos N° 04 inciso 4.2 inciso 5.2; además la inversión objeto de la transferencia se encuentra priorizada mediante Acta de Priorización N° 03-2024, por el comité de priorización de inversiones;

Que, con Informe N° 048-2024/GRP-410000 de fecha 21 de marzo de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo a la verificación de la normativa vigente, otorga conformidad presupuestal respecto a la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Las Lomas que corresponde al financiamiento de la II Etapa de la inversión con CUI N° 2327417 por el monto total de S/ 5,918,157.00 soles con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones, por lo que recomienda se continúe con el trámite correspondiente;

Que, a través del Informe N° 0636-2024/GRP-460000 de fecha 22 de marzo de 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite las siguientes conclusiones:

“3.4.- Contando con la opinión favorable respecto a la transferencia presupuestal por el monto de S/ 5,918,157.00 soles, durante el presente periodo fiscal a favor de la Municipalidad Distrital de Las Lomas para el financiamiento del monto restante para la Ejecución del PIP denominado: “Mejoramiento del servicio de Seguridad Ciudadana en la ciudad de Las Lomas, Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura-Piura” CUI 2327417-II Etapa, emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en el Informe N° 048-2024/GRP-410000 de fecha 21 de marzo de 2024, el convenio requerido, y opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (Informe N° 111-2024/GRP-410110 de fecha 20 de marzo de 2024) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, esta Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina, que el trámite de la presente solicitud, se encuentra enmarcado dentro de las denominadas transferencias financieras autorizadas por la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el primer trimestre del año 2024, por lo que previa suscripción del convenio, debe ser remitida al Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para que, en ejercicio de sus atribuciones, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente.

3.5.- Se adjunta el proyecto de Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Las Lomas para el Financiamiento de la Ejecución de Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE)”

Que, con Memorando N° 329-2024/GRP-400000 de fecha 22 de marzo de 2024, la Gerencia General Regional remite a la Secretaría del Consejo Regional el expediente administrativo en mención, solicitando el trámite de aprobación de Acuerdo de Consejo Regional que autorice la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Las Lomas; se adjunta al expediente el CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES (INVIERTE.PE), debidamente suscrito por el Gobernador Regional de Piura y la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Las Lomas, cuyo objeto es “(…) establecer las obligaciones, responsabilidades, así como las pautas, mecanismos de coordinación, monitoreo, seguimiento, control y bases de carácter técnico y legal, para el financiamiento y/o cofinanciamiento, operatividad y cumplimiento de los fines y metas para los cuales EL GOBIERNO REGIONAL transfiere a LA MUNICIPALIDAD, de la fuente de financiamiento Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, los recursos financieros ascendentes a S/ 5,918,157.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), que corresponden al monto para financiar la ejecución física del Proyecto de Inversión denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE LAS LOMAS, DISTRITO DE LAS LOMAS-PIURA-PIURA”, CON CÓDIGO DE INVERSIÓN N° 2327417-II ETAPA; a cargo de LA MUNICIPALIDAD como unidad ejecutora, correspondiendo a EL GOBIERNO REGIONAL a través de la instancia que se designe realizar la verificación y seguimiento de la ejecución del proyecto de inversión hasta su liquidación técnica financiera.”;

Que, mediante Informe N° 025-2024/CR-GRP-EACCR del 22 de marzo del 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable al presente expediente, recomendando a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial proceda con la emisión del Dictamen que apruebe, mediante Acuerdo de Consejo Regional, la autorización para que se realice la Transferencia Financiera solicitada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas, para el financiamiento del proyecto de inversión y por el monto antes indicado;

Que, con Dictamen N° 06-2024/GRP-CR-CPPTyAT del 22 de marzo de 2024 de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, en atención a la recomendación del Equipo de Apoyo a Comisiones, concluye que corresponde aprobar mediante Acuerdo de Consejo Regional, la autorización al Gobernador Regional para que se realice la Transferencia Financiera solicitada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas, por la fuente de financiamiento Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, los recursos financieros ascendentes a S/ 5,918,157.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), que corresponde al financiamiento de la II Etapa del Proyecto de Inversión denominado “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE LAS LOMAS, DISTRITO DE LAS LOMAS-PIURA-PIURA”, CON CÓDIGO DE INVERSIÓN N° 2327417-II ETAPA;

Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 08-2024-CR, celebrada el día 25 de marzo de 2024, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y sus modificatorias; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, y sus modificatorias;

ACUERDA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Transferencia Financiera del Pliego Gobierno Regional Piura a favor del Pliego Municipalidad Distrital de Las Lomas, por la fuente de financiamiento Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, para financiar la ejecución física del Proyecto de Inversión y por el monto que a continuación se detallan, en el marco de la Ley N° 31953-Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, Directiva N° 001-2024-EF/50.1 que establece entre otros el Lineamiento N° 04 “Lineamientos sobre Modificaciones Presupuestarias para la Ejecución del Gasto en Proyectos de los Pliegos con cargo a su presupuesto institucional aprobado”; y el Decreto de Urgencia N° 006-2024:

CUI

PROYECTO

MONTO A TRASFERIR

2327417

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE LAS LOMAS, DISTRITO DE LAS LOMAS-PIURA-PIURA”

S/ 5,918,157.00

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, previo a efectuarse la transferencia financiera autorizada, disponga a la unidad orgánica que corresponda, verifique la capacidad de gestión y cumplimiento de los requisitos señalados en el marco legal vigente por parte de la Municipalidad beneficiaria; así como al expreso señalamiento de los mecanismos y cronogramas de monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para la cual se efectuará la transferencia de los recursos, en resguardo de las responsabilidades que le podría corresponder al Gobierno Regional Piura, sin perjuicio de las disposiciones que permitan el control concurrente de la obra a ejecutarse por la Contraloría General de la República, así como las acciones del Órgano de Control Institucional de la Entidad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el Artículo Primero del presente Acuerdo.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto precisado en el Artículo Primero, informando al Consejo Regional, bajo responsabilidad.

Artículo Quinto.- Poner de CONOCIMIENTO el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Municipalidad Distrital de Las Lomas.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional Piura, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano” conforme a lo señalado en la Ley N° 31953-Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.

Artículo Séptimo.- DISPENSAR el presente acuerdo de trámite de lectura y aprobación de Acta.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ANGLER PAZO JACINTO

Consejero Delegado

JAIME EDUARDO TAVARA ALVARADO

Secretario

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