Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC, denominada “Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las obligaciones tributarias en el Cercado del Callao”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2024-ALC/MPC
Callao, 26 de marzo de 2024
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
El Informe N° 217-2024-MPC-GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 57-2024-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído N° 1868 de fecha 20 de marzo de 2024 de la Gerencia Municipal, el Informe N° 125-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 546-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC de fecha 25 de enero de 2024, se aprobó la Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las obligaciones tributarias en el Cercado del Callao;
Que, la Quinta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC, faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para la prórroga de los beneficios tributarios contenidos en la misma;
Que, mediante Informe N°217-2024-MPC-GAT-SGRC de fecha 20 de marzo de 2024, la Subgerencia de Recaudación informa a la Gerencia de Administración Tributaria sobre la viabilidad de ampliación o prorroga de beneficios tributarios que fueron otorgados por la Ordenanza Municipal N°002-2024/MPC, con el objetivo de seguir cobrando las deudas tributarias a través de los descuentos y coadyuvar con el cumplimiento de la META MEF 2024; además, señala que desde la vigencia de la ordenanza se ha logrado niveles de ingresos que superan las proyecciones de ingresos del 2024;
Que, mediante Informe N° 57-2024-MPC-GAT hace suyo el Informe N°217-2024-MPC-GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación el cual propone prorrogar la vigencia de la “Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC” hasta el 28 de junio del 2024;
Que, mediante Informe N° 125-2024-MPC/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para la aprobación por Decreto de Alcaldía de la propuesta de prórroga de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC que otorga beneficios para el pago de las obligaciones tributarias en el Cercado del Callao, hasta el 28 de junio de 2024,
Que, mediante Memorándum N° 546-2024-MPC/GM, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General del Concejo Municipal los recaudos administrativos, con el informe legal y técnicos, a fin de proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planeamiento y Modernización; Gerencia de Administración Tributaria, Presupuesto e Inversiones y la Planeamiento y Modernización, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2024/MPC, denominada “Ordenanza que otorga beneficios para el pago de las obligaciones tributarias en el Cercado del Callao” hasta el 28 de junio de 2024.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe.municallao).
Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2274135-1