Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad
ORDENANZA REGIONAL
N° 000017-2023-GRLL-CR
Trujillo, 28 de diciembre del 2023
APRUEBAN EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO
DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos N° 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y además normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 28 de diciembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 000096-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que contiene el Dictamen N° 047-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.
Que, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal conforme a lo establecido en el Artículo 1920 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680 y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto
Que, el numeral 1 inciso c) del Artículo 10° de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del gobierno regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios.
Asimismo, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. El inc. o) del artículo 21° señala “Promulgar las Ordenanzas Regionales…”.
Igualmente, el artículo 38° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales”.
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, en su artículo 53º prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanza Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios.
Asimismo, el artículo 25° de la norma regional antes señalada prescribe que compete a las comisiones del Consejo Regional, el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas regionales, Acuerdos Regionales y absolución de consultas.
Que, la Ley N° 27658, ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR, publicado en el diario oficial el Peruano el 16 de Setiembre del 2011, se aprueba la Modificación del Organigrama Estructural y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2012-GR-LL/CR publicado en el diario oficial el Peruano el 12 de Diciembre del 2012, aprueba la Modificación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2013-GR-LL/CR , publicado en el diario oficial el Peruano el 23 de Octubre del 2013, aprueba la creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos-PECASULL, y dispone la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 002-2014-GR-LL/CR, promulgado el 02 de Abril del 2014, aprueba, entre otros, la modificación en parte del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de la Libertad, aprobado con las normas regionales precedentes, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 006-2016-GRLL/CR, promulgado el 14 de abril del 2016, aprueba la modificación del Art. 93° y Art. 94° inc. a) y q), y añadir entre otros, la modificación en parte del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, aprobado con las normas regionales precedentes, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2017-GR-LL/CR, promulgado el 25 de Julio del 2017, aprueba la modificación en parte del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural del Gobierno Regional La Libertad, incluyendo como Organismo Público Descentralizado a la AUTORIDAD PORTUARIA REGIONAL, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 021-2017-GRLL/CR, promulgado el 20 de Diciembre del 2017, aprueba la modificación de los artículos 36°, 37° y 38° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR., dejando subsistente o vigente legalmente las disposiciones regionales que no se opongan a la presente norma.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 024-2017-GRLL/CR, promulgado el 24 de Enero del 2018, aprueba la modificación de los artículos 88°, y 89° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR., dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 005-2018-GR-LL/CR, promulgado el 10 de Abril del 2018, aprueba la modificación del artículo 62° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR., dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 009-2018-GRLL/CR, promulgado el 23 de Abril del 2018, aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad vigente, con la inclusión del Anexo N° 1: Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional La Libertad - INSTITUTO REGIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS DEL NORTE “Dr. Luis Noriega Ganosa” – IREN NORTE, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 011-2018-GRLL/CR, promulgado el 23 de Abril del 2018, aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad vigente, con la inclusión del Anexo N° 1: Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional La Libertad - INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGÍA “Javier Servat Univaso” – IRO, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2018-GRLL/CR, promulgado el 09 de Mayo del 2018, aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad vigente, con la inclusión del Anexo N° 1: Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional La Libertad - Hospital Belén de Trujillo, dejando subsistente las demás disposiciones contenidas en las normas regionales antes señaladas, que no se opongan a la presente.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 000009-2021-GRLL-CR, de fecha 01 de octubre de 2021 y publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 31 de octubre de 2021, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional La Libertad; que consta de Ocho (8) Títulos, Tres (3) Capítulos, Ciento Treinta y Tres (133) Artículos, y Nueve (9) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales; así como, el Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La libertad”, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 000001-2023-GRLL-CR, de fecha 31 de marzo de 2023, se aprueba en su ARTÍCULO PRIMERO. - MODIFICAR los Artículos Segundo y Quinto de la Ordenanza Regional N° 009-2021-GR-LL/CR del 01 de octubre del 2021, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera:
Artículo Segundo.- A la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Regional, se dejará sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones -ROF y Organigrama, Estructural del Gobierno Regional La Libertad; aprobados mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL-CR y modificatorias; así como, todas normas regionales en tanto se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. (…)
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza, entrara en vigencia a partir de la aprobación del CAP Provisional CAP-P.”
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional la Libertad, aprobado y modificado con las Ordenanzas Regionales antes señalados, el Manual de Operaciones (MOP) de sus órganos desconcentrados y proyectos especiales; y el diseño del Organigrama Estructural que corresponda requieren adecuarse a la normativa vigente, a la misión y visión de desarrollo económico social regional plasmado en las políticas y planes institucionales, así como en las pretensiones de la administración actual; teniendo en consideración los desajustes de carácter legal y técnico que tienen.
Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que deroga al D.S. N° 043-2006-PCM, su modificatoria Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM; se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, dentro de los cuáles se elaborarán y aprobarán el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional la Libertad, el Manual de Operaciones (MOP) de sus órganos desconcentrados y proyectos especiales; y el diseño del Organigrama Estructural que corresponda requieren, además adecuarse a la normativa vigente, a la misión y visión de desarrollo económico social regional plasmado en las políticas y planes institucionales, así como en las pretensiones de la administración actual.
Que es necesario precisar, que se ha desarrollado verificando la no duplicidad de las funciones en cada unidad de organización; por lo que, han sido asignadas de acuerdo al ámbito de su competencia, revisando la compatibilidad técnica normativa entre los fines, objetivos institucionales de la Entidad con la estructura orgánica y consecuentemente con su organigrama estructural; así como, no irrogará gastos adicionales; por lo que, las acciones administrativas que permitan su aprobación e implementación; se deben considerar de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del Gobierno Regional La Libertad. Todo ello ha permitido elaborar un REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL; en concordancia con los lineamientos aprobados en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatoria, Decreto Supremo N° 131-2018-PCM; y Decreto Supremo N° 064-2021-PCM.
Que, la organización regional debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos, facilitar el desarrollo actividades operativas, el fortalecimiento de la cultura organizacional, de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación, en el contexto de satisfacer necesidades públicas de su competencia teniendo en consideración el servicio de calidad a sus administrados o usuarios.
Que, para mejorar la prestación de servicios públicos regionales, así como por su contribución en el desarrollo social y económico; y por ende el efecto en el bienestar de su población; se hace necesario la APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, por constituir ello, una manifestación del Gobierno Regional La Libertad de ejercer sus funciones y competencias establecidas por ley para modernizar gradualmente su organización y gestión; y por ende brindar progresivamente la satisfacción de las necesidades públicas de la población regional principalmente.
Que, mediante Informe N° 000021-2023-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI, de fecha 29 de noviembre del 2023, la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional emite OPINION TECNICA SOBRE PROPUESTA FINAL DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD PARA SU APROBACION, a la Gerencia Regional De Planeamiento Y Acondicionamiento Territorial, concluyendo que la PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, por convenir al interés institucional, continúe su trámite de aprobación y su posterior remisión del expediente administrativo de parte de la Gerencia General Regional al Señor Gobernador Regional, en virtud al Artículos N° 20 y Artículo N° 21, Literal d) Proponer a la Presidencia Regional la organización interna del Gobierno Regional La libertad, del Reglamento de Organización y Funciones –ROF del Gobierno Regional La Libertad, aprobado con la Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR y modificatorias.
Que, mediante Informe Legal N° 000118-2023-GRLL-GGR-GRAJ-JIMCH, de fecha 29 de noviembre del 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, informa que del análisis realizado al expediente y el Informe N° 000021-2023-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI, de fecha 29 de noviembre del 2023, resulta PROCEDENTE LA PROPUESTA FINAL DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD PARA SU APROBACION
Que, mediante Oficio N° 803-2023-GRLL-GGR, de fecha 30 de noviembre del 2023, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1621-2015-GRLL/GOB; y, contando con las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la Propuesta de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad
Mediante Oficio N° 359-2023-GRLL-CR, de fecha 01 de diciembre del 2023, la Presidenta del Consejo Regional, Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, solicita a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emitir dictamen, conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional.
Que, con Oficio N° 000096-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se remite el Dictamen N° 047-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad
Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 28 de diciembre del dos mil veintitrés; se debatió el Dictamen N° 047-2023-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, presidida por la Consejera Regional Tania Lorena Carranza Blas, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad
Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias que señala: “Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º, 61º y 63º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR MAYORIA LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional La Libertad, que consta de cuatro (4) Secciones, nueve (9) Títulos, tres (3) Capítulos, ciento ochenta (180) artículos y diez (10) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, así como el Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional; instrumento de gestión institucional y organigrama que entrarán en vigencia a partir de la aprobación del Cuadro para Asignación del Personal Provisional CAP-P del Gobierno Regional La Libertad.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional la elaboración del Cuadro para Asignación del Personal Provisional CAP-P; sujetándose a lo aprobado en el artículo precedente, de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que la Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR y modificatorias, así como la Ordenanza Regional N° 009-2021-GR-LL/CR quedarán derogadas cuando se haya aprobado el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P y entre en vigencia el Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad, aprobado a través de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional adoptar las acciones que correspondan para actualizar los demás instrumentos de gestión del Gobierno Regional La Libertad, en atención a lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- EXHORTAR al Ejecutivo Regional brindar las facilidades administrativas, económicas y logísticas que permitan la correcta implementación y aplicación de la presente norma; así como, adoptar, las medidas preventivas administrativas que permitan asegurar y garantizar el estricto cumplimiento y ejecución de la gestión administrativa - institucional del Gobierno Regional La Libertad.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional del Gobierno Regional La Libertad, debiendo el Texto del ROF aprobado conforme al artículo primero de la presente ordenanza regional y sus anexos publicarse en el Portal Institucional del Gobierno Regional La Libertad (http://www.regionlalibertad.gob.pe).
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.
En Trujillo, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
VERONICA REBECA ESCOBAL ORDOÑEZ
Presidente del Consejo Regional
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los cinco días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
2273843-1