Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones

Decreto Supremo

N° 034-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Centésima Décima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2024, al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 30 153 149,00 (TREINTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor del Pliego Superintendencia Nacional de Migraciones para financiar la adquisición de equipos de alta tecnología y sistemas de información altamente especializados vinculados a la implementación del Sistema de Control Automatizado de Fronteras del nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez. Dicha modificación presupuestaria se aprueba utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante el Oficio N° 000043-2024-IN-DM, complementado con el Oficio N° 000370-2024-IN-OGPP, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 30 153 149,00 (TREINTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para financiar la adquisición de equipos de alta tecnología y sistemas de información altamente especializados vinculados a la implementación del Sistema de Control Automatizado de Fronteras del nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez mediante la ejecución del proyecto de inversión con Código Único de Inversión (CUI) N° 2627351, en el marco de lo establecido en la Centésima Décima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000093-2024-UPP-MIGRACIONES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando N° 0114-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que, con base en la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el proyecto de inversión materia de la solicitud efectuada por el Ministerio del Interior no presenta observaciones, se encuentra viable, activo, registrado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI), cuenta con expediente técnico y con la opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la citada entidad en el marco de lo dispuesto en el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de
S/ 30 153 149,00 (TREINTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Centésima Décima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 30 153 149,00 (TREINTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones para la adquisición de equipos de alta tecnología y sistemas de información altamente especializados vinculados a la implementación del Sistema de Control Automatizado de Fronteras del nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez mediante la ejecución del proyecto de inversión con CUI N° 2627351, en el marco de lo establecido en la Centésima Décima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 30 153 149,00

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TOTAL EGRESOS 30 153 149,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones

UNIDAD EJECUTORA 0001 : Superintendencia Nacional de Migraciones

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

PROYECTO 2627351 : Mejoramiento del servicio de control migratorio en Puesto de Control Migratorio Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de centro poblado Callao distrito de Callao de la provincia de Provincia Constitucional del Callao del departamento de Callao

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos no Financieros 30 153 149,00

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TOTAL EGRESOS 30 153 149,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN

Ministro del Interior

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