LEY Nº 31989

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1607 —DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY 30077, LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO— PARA DEROGAR SU DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL PRIMERA

Artículo único. Derogación de la disposición complementaria final primera del Decreto Legislativo 1607, Decreto Legislativo que modifica la Ley 30077, Ley contra el crimen organizado

Se deroga la disposición complementaria final primera del Decreto Legislativo 1607, Decreto Legislativo que modifica la Ley 30077, Ley contra el crimen organizado.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los catorce días del mes de marzo de dos mil veinticuatro.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

ARTURO ALEGRÍA GARCÍA

Primer Vicepresidente del Congreso

de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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