Designan y nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro, y dictan otras disposiciones

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 782-2024-MP-FN

Lima, 20 de marzo de 2024

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Los oficios N°s. 431 y 453-2024-FSC-EFICCOP-MP-FN, cursados por la abogada Marita Sonia Barreto Rivera, Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, mediante los cuales adjunta la carta Nº 01-2024-MP-FN-PNS-FSCECCO-4EQUIPO, suscrita por el abogado Pedro Martín Nicho Suyón, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el referido Equipo Especial. Asimismo, remite una propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Provincial para el Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, dado que el personal fiscal se encuentra avocado al conocimiento de casos emblemáticos. De igual forma, señala que resulta importante que no se altere la conformación de los integrantes del Equipo Especial de Fiscales a su cargo.

En el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria Nº 010-2021-SN/JNJ, mediante Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 287-2024-JNJ, de fecha 29 de febrero de 2024, se nombraron Fiscales Provinciales Penales de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro, entre ellos al abogado Pedro Martín Nicho Suyón, a quien en fecha 01 de marzo de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente.

En ese orden de ideas la Oficina General de Potencial Humano, a través del oficio Nº 191-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, manifestó que quince (15) plazas de fiscal provincial podían ser utilizadas para fiscales provinciales penales del Distrito Fiscal de Lima Centro, entre ellas, la plaza signada con el Código AIRHSP 021178.

Asimismo, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 696-2024-MP-FN, de fecha 08 de marzo de 2024, se dispuso, entre otros, designar al abogado Pedro Martín Nicho Suyón, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, esto es, en una plaza de Fiscal Provincial a nivel nacional, creada por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, la misma que se encuentra asignada de manera temporal al Equipo Especial de Fiscales mencionado, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1341-2022-MP-FN, de fecha 04 de julio de 2022, siendo que la vigencia de su asignación está prorrogada hasta el 30 de junio de 2024, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3503-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, plaza fiscal que por su naturaleza puede ser asignada a otro despacho fiscal, en virtud a la necesidad de servicio y de acuerdo a disposición del Despacho de la Fiscalía de la Nación. Habiéndosele asignado el Código AIRHSP citado en el párrafo precedente, conforme fue señalado en la parte considerativa de la Resolución Nº 696-2024-MP-FN.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, y advirtiendo la necesidad de no perjudicar los resultados de las investigaciones que se siguen a cargo del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa verificación de los requisitos de ley, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de nombrar, designar y destacar a un Fiscal Provincial que cuente con experiencia previa en el referido Equipo Especial; debiendo dicho personal fiscal ocupar una plaza de Fiscal Provincial ubicada en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, destacándolo para que preste apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, nombramiento, designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de la juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Para ello, previamente, deberá de darse por concluida la designación del magistrado Pedro Martín Nicho Suyón, en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, así como la asignación de su plaza fiscal, dada su condición de titular, la misma que se encuentra señalada en el cuarto párrafo de la presente resolución, y asignarla de manera temporal al Despacho de la Presidencia citada, ello a fin de que el Equipo Especial en mención, mantenga el mismo número de personal fiscal. Debiendo la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, disponer que el Fiscal antes indicado preste apoyo a las Fiscalías Provinciales del Distrito Fiscal de Lima que así lo requieran, con conocimiento del Despacho de la Fiscalía de la Nación.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Pedro Martín Nicho Suyón, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, y la vigencia de la misma, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 696-2024-MP-FN, de fecha 08 de marzo de 2024.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Luis Quispe Changanaqui, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, y las vigencias de las mismas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 696-2024-MP-FN, de fecha 08 de marzo de 2024.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la asignación de manera temporal de una (01) plaza de Fiscal Provincial a nivel nacional, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, y la prórroga de la vigencia de la misma, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1341-2022-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 04 de julio de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial a nivel nacional, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, con vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024.

Artículo Quinto.- Designar al abogado Pedro Martín Nicho Suyón, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Artículo Sexto.- Nombrar al abogado José Luis Quispe Changanaqui, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro y destacándolo para que preste apoyo en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder.

Artículo Séptimo.- Disponer que la designación señalada en el artículo quinto, tenga vigencia a partir de la fecha de la toma de posesión de cargo y hasta el 30 de septiembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021.

Artículo Octavo.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque señalados en el artículo sexto, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2272404-2