Prorrogan vigencia de los incentivos tributarios a favor de los contribuyentes establecidos en la Ordenanza N° 376-2024-MDC

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 002-2024-MDC

Cieneguilla, 27 de febrero de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

El Informe Nº 062-2024-MDC/GATR, de fecha 26 de febrero de 2024, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 46-2024-MDC/GAJ, de fecha 27 de febrero de 2024, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 0148-2024-MDC/GM, de fecha 27 de febrero de 2024, de la Gerencia Municipal; respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 376-2024-MDC, que aprueba descuentos por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 376-2024-MDC, se aprobó descuentos por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, en cuyas disposiciones transitorias y finales faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o prórrogas que resulten necesarias para su adecuada aplicación;

Que, mediante Informe N° 062-2024-MDC/GATR, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, propone prorrogar los beneficios tributarios de la Ordenanza N°376-2024-MDC, a efectos de continuar otorgando a los contribuyentes del distrito, las facilidades para el cumplimiento oportuno en el pago de sus obligaciones tributarias;

Que, con Informe Legal Nº 46-2024-MDC/GAJ, luego del análisis de los actuados antes mencionados, opina que resulta viable la aporbación del proyecto de Decreto de Alcaldía,respecto a la prórroga de la Ordenaza Nº 376-2024-MDC que aprueba descuentos por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2024, conforme a los fundamentos normativos expuestos en el Informe Nº 062-2024-MDC/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; recomendando poner en conocimiento al titular de la entidad, teniéndose en cuenta que el Decreto de Alcaldía, se emite conforme a sus facultades, de conformidad con el Artículo 42° de la Ley N° 27972;

Que, mediante Memorándum N° 0148-2024-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias:

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de marzo de 2024, la vigencia de los incentivos tributarios a favor de los contribuyentes, establecidos en la Ordenanza N° 376-2024-MDC.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su adecuada difusión.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA

Alcalde

2265891-1